La presente legislatura ha culminado con la promulgación de dos leyes de singular importancia y de muy distinto signo. A la postre, contra viento y marea, con escasísimo margen de votos, el Congreso de los Diputados aprobó la Ley de Enjuiciamiento Civil que, insistiré por última vez, ni regula todo el enjuiciamiento necasario en el orden civil ni es la norma procesal que merecen los justiciables. Pero ya es ley y por tanto tras nuestras críticas y denuncias de sus numerosos defectos, formuladas desde la más leal colaboración a la realización de la Justicia, nos toca desarrollar los máximos esfuerzos para que sirva lo mejor posible al reconocimiento y tutela judicial de los derechos individuales y colectivos de los ciudadanos. Debemos, pues, almacenar en nuestra memoria las 558 enmiendas que presentamos al proyecto inicial debatido en el Congreso de los Diputados y las 217 al Proyecto tramitado en el Senado, que permanecerán, eso sí, como testimonio de la aportación de la Abogacía, al menos, en las 89 enmiendas que han sido recogidas en la nueva Ley. El Colegio quiere promover y facilitar la puesta al día en materia procesal-civil mediante el desarrollo de tres actividades específicas a lo largo del presente año. La primera, de carácter divulgativo, para lo que ya ha concertado con una editorial de absoluta garantía la edición del nuevo texto legislativo que será distribuido gratuitamente a todos los colegiados. La segunda de estudio teórico-práctico pretenderá que asimilemos el nuevo contenido de la ley, mediante la celebración de cursos y mesas redondas en las que contaremos con la imprescindible colaboración de catedráticos y profesores así como de los compañeros que más han trabajado en la confección de enmiendas, perfectos conocedores del texto legislativo. Por último, en un tercer estadio y con la colaboración de jueces y magistrados, secretarios judiciales, procuradores de los tribunales y cuantos profesionales deben participar en el nuevo proceso judicial civil, deberemos intentar establecer las dificultades que entraña la aplicación de la nueva Ley de Enjuiciamiento Civil a la situación real de nuestros órganos jurisdiccionales civiles, con leal aportación de cuantas soluciones favorezcan la realización de la Justicia. Y todo ello, le pese a quién le pese, con el mismo ánimo de lealtad y colaboración con la Administración de Justicia con el que en su día se efectuaron las críticas y enmiendas. La otra ley que ha visto la luz en los últimos días del año 1999 y justo antes de la disolución de las Cámaras es la nueva Ley Orgánica 4/2000 sobre Derechos y Libertades de los Extranjeros en España y su integración social. De ella quiero destacar que recoge (por una vez y espero que sirva de precedente) el derecho de defensa en la forma y condiciones que con encomiable altruismo y conciencia de función social había venido proponiendo y realizando la Abogacía española y muy singularmente la Abogacía zaragozana. La nueva ley recoge la preceptiva intervención de letrado no sólo en la defensa ante la jurisdicción sino también en los expedientes gubernativos. Lejos queda ya la constitución en Zaragoza del Servicio de Asistencia y Orientación Jurídica a Inmigrantes (SAOJI) que fue el primero en España, pero es de justicia recordar y reconocer las sobresalientes actuaciones de los responsables del Servicio en defensa no ya de los derechos de los extranjeros, sino de los Derechos Humanos en general. Quiero recordar hoy como más sobresalientes la promoción ante el Defensor del Pueblo del recurso de inconstitucionalidad de la Ley de Justicia Gratuita, la confección de la página Web de Extranjería, el informe colegial en el asunto de los ucranianos, el Servicio de Intérpretes, y en general, la lucha por la intervención de abogado en materia de extranjería no solo ante los órganos jurisdiccionales sino también en los expedientes gubernativos que hoy se acoge en la nueva Ley. Alguna vez tendremos que pensar en invertir una mayor parte de nuestro presupuesto para difundir lo mucho y bien que trabaja la Abogacía en defensa de los derechos ciudadanos, con un espíritu de solidaridad que por desgracia no abunda en otros estamentos, lo que, sin duda, redundaría en una mejor estima y consideración social e institucional, que buena falta nos hace.
Por último, y aunque aparentemente no tenga relación con
lo anterior, quiero hacer referencia expresa a nuestros 600 años
de existencia corporativa. Si nuestra corporación ha sobrevivido
más de seis siglos ha sido, sin dudarlo, porque ha sido útil
y ha servido a la sociedad en la se insertaba y a los compañeros
que en ella nos integramos. Nada tiene que ver nuestra actual situación
con la de cualquiera de los anteriores seis siglos. Hoy nuestro reto de
supervivencia debe aceptarse desde la más leal y eficaz colaboración
en la adecuación de la legislación a nuestra realidad social;
desde la interacción con las restantes instituciones públicas
y privadas, en el reconocimiento y perfeccionamiento del asesoramiento
jurídico y la defensa; desde la permanente mejora de nuestra formación
y de las condiciones que faciliten a todos los abogados el mejor desarrollo
profesional y personal. Para ello, más que en ningún otro
momento, además del esfuerzo obligado de la Junta de Gobierno, necesitamos
de la solidaria colaboración de todo el colectivo.
|