La liberalización de la profesión, con la posibilidad de
que los abogados ejerzan su actividad profesional lejos de su lugar de
residencia y por lo tanto del Colegio y órganos jurisdiccionales
en que normalmente actúan y que por consiguiente están al
corriente de su situación profesional, así como la necesidad
de adaptar las Normas Deontológicas vigentes en España a
las que rigen en la Unión Europea para el común de los abogados,
ha llevado al Consejo General de la abogacía a elaborar y aprobar
un nuevo Código Deontológico que viene a sustituir al vigente
desde 1995. Publicamos el texto íntegro del mismo, para que sirva
de información pública a todos los colegiados y recordamos
que la entrada en vigor se producirá el próximo día
1 de octubre de 2000.
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