Continuando con el sistema iniciado el año anterior, procedemos a convocar de forma unificada el período de inscripción a los distintos Turnos de Oficio y Servicios de Orientación Jurídica, las características de cada uno de los cuales se recogen en los impresos específicos que se acompañan. Las diferentes listas del Turno de Oficio tienen carácter abierto, por lo que es posible inscribirse a una, a varias o a todas. Por el contrario, los Servicios de Orientación Jurídica son incompatibles entre sí, por lo que, con independencia de la adscripción al Turno de Oficio, sólo cabrá adscribirse a un sólo Servicio de Orientación Jurídica, no computándose las solicitudes que no cumplan con dicha exigencia. Los Boletines de inscripción que se adjuntan deben presentarse cumplimentados antes de las 21 horas del jueves 30 de noviembre. En relación con el Turno de Oficio y Asistencia al Detenido de 1995, nos complace comunicar que las previsiones que llevaron a negociar el Real Decreto 108/1995, de 27 de enero, han dado los frutos esperados y hemos recibido la confirmación de que se ha librado por el Ministerio de Justicia, y nos ha sido remitido ya por el Consejo General de la Abogacía, el 100% de las cantidades correspondientes al primer semestre de dicho año 1995.
Esperamos, por consiguiente, poder hacer el abono en breves días,
una vez se nos haya hecho efectivo el importe total en nuestra cuenta del
Turno de Oficio y hayamos efectuado el reparto individualizado que corresponde.
Habida cuenta los buenos resultados de la experiencia, se ha decidido mantener la figura de los Letrados colaboradores de la Junta de Gobierno, en materia fundamentalmente de impugnaciones de honorarios, convocando dos plazas por un período de dos años, con arreglo a los siguientes requisitos: Requisitos objetivos.- Podrán optar a los puestos todos los colegiados del Real e Ilustre Colegio de Abogados de Zaragoza que reúnan los siguientes requisitos:
- Estar al corriente en el cumplimiento de todas las cargas colegiales. - No haber sido sancionado disciplinariamente, ni tener expediente disciplinario por presunta infracción de la deontología profesional. - No ser funcionario, ni tener contrato con la Administración o cualquier tipo de empresa que impida la plena dedicación durante el horario de prestación del servicio.
- La labor se prestará en horario de 930 a 1330 horas, de lunes a viernes, debiendo completar cada uno de los Letrados un total de 10 horas semanales; ocho en días alternos (lunes y miércoles o martes y jueves) y las 2 restantes partiendo o turnando los viernes. - Los puestos se asignarán por un período de 2 años, desde el 1 de enero de 1996 hasta el 31 de diciembre de 1998, pudiendo los designados formular una propuesta especial de común acuerdo para atender el servicio durante el mes de agosto en circunstancias especiales y siempre que se respete el horario y el total de horas fijadas en los puntos anteriores. - A los Letrados colaboradores les será de aplicación las mismas causas de abstención y recusación que afectan a los integrantes de la Junta de Gobierno. - El puesto de Letrado colaborador será incompatible con la pertenencia al Turno de Oficio y Asistencia al Detenido y en general con cualquier otro Servicio retribuido por el Colegio. - Los Letrados colaboradores estarán obligados a mantener el más absoluto secreto sobre los asuntos que se les encomienden, considerándose el incumplimiento de este requisito como una falta muy grave que dará lugar a la apertura de expediente de deontología con independencia de la inmediata separación del servicio. - Los Letrados colaboradores realizarán las labores de apoyo que les encomiende la Junta de Gobierno por mediación del Diputado o responsable en quien delegue expresamente. Para la realización de dicha labor contarán con el apoyo del material auxiliar que les facilitará el propio Colegio, - La colaboración será retribuida con sendas becas de 70.000.- pesetas mensuales, I.V.A. incluido, por cuyo importe se deberá librar factura completa al Real e Ilustre Colegio de Abogados de Zaragoza.
Un cordial saludo.
La Constitución española prevé el Derecho de todo ciudadano a acceder a la Justicia en condiciones de igualdad y sin que pueda producirse indefensión. La defensa letrada por Turno de Oficio es el sistema previsto por nuestra legislación para garantizar dicho derecho a quienes no están en condiciones de costeárselo libremente, y es obligación y responsabilidad de los Colegios de Abogados organizar y garantizar dicha defensa de oficio. El número de colegiados del Real e Ilustre Colegio de Abogados de Zaragoza permite organizar con voluntarios un servicio que, en otro caso, debería ser obligatorio para todos los colegiados, como ya lo fue desde tiempo inmemorial y hasta no hace tantos años. Al mismo tiempo, y desde no hace más de dos décadas, el Estado subvenciona una parte, escasa, es cierto, del coste profesional de un Servicio, que todavía muchos de nuestros. compañeros llegaron a prestar gratuitamente y como timbre de honor profesional. Dicha subvención se libra por semestres vencidos y es distribuida por el Colegio una vez la recibe del Consejo General de la Abogacía. El Turno de Oficio y Asistencia al Detenido se compone de 8 listas, en cada una de las cuales se turnan los asuntos que jurisdiccionalmente le corresponden, siguiendo el orden estricto de los Letrados que figuran adscritos a dicha lista. Los interesados pueden adscribirse a todas las listas o sólo a las que estimen más relacionadas con su actividad profesional habitual, comunicándose por el colegio al despacho del Letrados los turnos que le van siendo turnados. Mención especial merece el Turno de Asistencia al Detenido, unido deforma indisoluble a la lista de Penal General y a la lista de Extranjería, pues obliga a la prestación de una guardia de 24 horas, integrado en un grupo de cinco compañeros en Zaragoza y exige una organización especial en los restantes Partidos Judiciales. Condiciones de Adscripción: No existe limitación en el número de adscritos. El Servicio es compatible con la pertenencia a cualquiera de los Servicios de Orientación Jurídica.
Requisitos: Reunir una de las siguientes
condiciones:
(1) Dada la posibilidad de que el Curso de Acceso no finalice antes de fin de año, se admitirán los Boletines de Adscripción de quienes acrediten haberse matriculado en el citado Curso de Acceso, sin perjuicio de que su incorporación efectiva al Turno se produzca una vez finalizado satisfactoriamente el mismo.
El Servicio es coordinado directamente por el Diputado de la Junta de Gobierno
responsable del Turno, con apoyo de la Comisión de Turnos, y con
sujeción al Reglamento de los Turnos de Oficio aprobado por la Junta
de Gobierno en su sesión de 27 de junio de 1995 y normas concordantes.
El Servicio se presta en una doble modalidad. De una parte es fruto de un Convenio tripartito suscrito por el Real e Ilustre Colegio de Abogados de Zaragoza, el Tribunal Superior de Justicia de Aragón y la Diputación General de Aragón el 25 de febrero de 1991, con carácter bianual y renovado el 1 de marzo de 1993 y el 1 de marzo de 1995. En virtud de dicho Convenio, la Diputación General de Aragón financia el funcionamiento del Servicio, que se realiza por Letrados del Colegio de Abogados en una dependencia del edificio de los Juzgados, facilitada por el Tribunal Superior de Justicia de Aragón. El Servicio se presta diariamente, de lunes a viernes, excepto durante el mes de agosto, de 930 a 1330 horas, en un despacho del edificio de los Juzgados, atendido cada día por dos letrados, en turnos de 930 a 1130 y de 1130 a 1330 horas. El objeto del Servicio es orientar y encauzar las consultas verbales de los ciudadanos que precisan realizar alguna actuación ante los órganos jurisdiccionales o administrativos, orientándoles hacia el órgano, entidad o persona competentes para atender o resolver la cuestión de fondo, quedando excluida la tramitación del asunto o evacuar consultas sobre el fondo de la materia, salvo las necesarias para la cumplimentación de los impresos de solicitud de asistencia jurídica gratuita. De otra parte, el S.0.J. lo componen asimismo cinco Letrados tramitadores que han de estudiar e informar las solicitudes de asistencia jurídica conforme a lo previsto en el Real Decreto 108/1995, de 27 de enero. Los Letrados tramitadores prestan el Servicio en el ya citado horario de funcionamiento del mismo, en jornadas de cuatro horas y un día de la semana cada uno, siendo su retribución con cargo a los gastos de infraestructura del Turno de Oficio. Estas cinco plazas no se convocan de momento, al haberse cubierto poco antes del verano y entender la Junta de Gobierno que es preferible no producir un cambio en este momento que podría ser contraproducente para la consolidación del Servicio.
Se convocan, pues, plazas de Letrados consultores, con arreglo a las siguientes
condiciones.
Número máximo de adscritos: 80 Letrados consultores.
Requisitos: Reunir una de las siguientes
condiciones.
Los Letrados consultores estarán organizados en 5 grupos bajo la coordinación de un Letrado tramitador cada uno de ellos. El Servicio contará con un coordinador nombrado directamente por la Junta de Gobierno, quien podrá convocar a los Letrados adscritos a reuniones de coordinación, que serán de asistencia obligatoria. Un cursillo específico sobre las condiciones del Servicio se realizará antes de comenzar el mismo, siendo la asistencia obligatoria para los adscritos de nueva incorporación. El número de adscritos fijados permite calcular que se haya de prestar un servicio cada dos meses aproximadamente.
Caso de que las solicitudes superen el número de plazas, la selección
definitiva se realizará por la Comisión de Turnos de la Junta
de Gobierno, que podrá solicitar un currículum profesional
a los solicitantes.
El Servicio es fruto de un convenio suscrito por el Real e Ilustre Colegio de Abogados de Zaragoza con la Diputación General de Aragón el 7 de diciembre de 1992, renovado y ampliado en 1994 a los Colegios de Abogados de Huesca y Teruel. En virtud de dicho Convenio, la Diputación General de Aragón financia el Servicio, que se presta por Letrados del Colegio de Abogados en una doble modalidad de intervención: Letrados consultores, que realizan su actividad en dependencias de la Diputación General de Aragón, y Letrados tramitadores que prestan el Servicio desde sus propios despachos. El Servicio de consultores se presta tres días a la semana, lunes miércoles y viernes, de 1630 a 1930 horas, en las indicadas dependencias de la Diputación General de Aragón. Los Letrados tramitadores están de guardia, en idéntico horario, un día, con la periodicidad que de su número resulte, durante el cual han de estar localizables por parte del Letrado consultor, a fin de que les pueda remitir aquellos asuntos cuya tramitación haya de llevarse a cabo.
El objeto del servicio es garantizar a los inmigrantes la asistencia y
orientación jurídica necesarias y la inmediata intervención
profesional si procede, en orden a salvaguardar los derechos que les reconoce
el Estado español.
Número máximo de adscritos:
Requisitos:
Caso de que las solicitudes superen el número de plazas, la selección
definitiva se realizará por la Comisión de Turnos de la Junta
de Gobierno, que podrá solicitar un currículum profesional
a los solicitantes, en el que se valorará especialmente el grado
de cumplimiento de los requisitos 2º. y 3º.
El número de adscritos fijados permite calcular que se haya de prestar un servicio previsible de: cada dos semanas los consultores y cada 2 meses los tramitadores. El Servicio contará con un coordinador nombrado directamente por la Junta de Gobierno, quien podrá convocar a los Letrados adscritos a reuniones de coordinación, que serán de asistencia obligatoria.
Un cursillo específico sobre las condiciones del Servicio se realizará
antes de comenzar el mismo, siendo la asistencia obligatoria para los adscritos
al mismo.
El Servicio es fruto de un convenio suscrito por el Real e Ilustre Colegio de Abogados de Zaragoza y el Instituto Aragonés de la Mujer, de la Diputación General de Aragón, suscrito el 1 de junio de 1993 y renovado en 1994 y 1995. En virtud de dicho convenio, la Diputación General de Aragón financia la prestación del Servicio, que se realiza por Letrados del Colegio de Abogados en las dependencias del Instituto Aragonés de la Mujer. El Servicio se presta diariamente, de lunes a viernes, en las dependencias del Instituto Aragonés de la Mujer en horas de 1630 a 1930 horas. Condiciones de Adscripción: Número máximo de adscritos: 50.
Requisitos: Reunir una de las siguientes
condiciones:
Caso de que las solicitudes superen el número de plazas, la selección
definitiva se realizará por la Comisión de Turnos de la Junta
de Gobierno, que podrá solicitar un currículum profesional
a los solicitantes.
El número de adscritos fijados permite calcular que se haya de prestar un servicio cada dos meses aproximadamente. El Servicio contará con un coordinador nombrado directamente por la Junta de Gobierno, quien podrá convocar a los Letrados adscritos a reuniones de coordinación, que serán de asistencia obligatoria.
Un cursillo específico sobre las condiciones del Servicio se realizará
antes de comenzar el mismo, siendo la asistencia obligatoria para los adscritos
al mismo.
El Servicio de Orientación Penitenciaria es un Servicio en gestación, entre el Real e Ilustre Colegio de Abogados de Zaragoza, la Diputación General de Aragón y el Ministerio de Justicia e Interior, que funcionaría financiado por el Gobierno Autónomo y prestado por Letrados del Colegio de Abogados, en dependencias facilitadas por el Ministerio en los Centros Penitenciarios existentes en la provincia de Zaragoza. El objeto del Servicio sería facilitar a los internos en Centros Penitenciarios, información, orientación y asistencia sobre la legislación penitenciaria, cumplimiento de penas, acceso al Turno de Oficio y derechos en general de los internos. La prestación del Servicio se realizaría en los Centros Penitenciarios con una duración prevista de 2 horas por prestación y una frecuencia semanal, siendo a cargo del Servicio los gastos de desplazamiento a los Centros situados fuera del Partido judicial de residencia del Letrado. El S.0.P. se convocó ya el año pasado, si bien no llegó a entrar en funcionamiento al no materializarse la firma del Convenio con la Diputación General de Aragón. Ello causó un cierto quebranto en los compañeros que se inscribieron, no pudiendo por tanto hacerlo en otro Servicio dada la incompatibilidad entre los mismos, viendo con ello defraudadas sus expectativas. Queremos aprovechar para pedirles excusas por ello.
Este año, aunque el convenio sigue sin firmase, hemos estimado oportuno
volver a remitir la convocatoria y poner en marcha el Servicio provisionalmente,
aunque ello suponga afrontar de momento el Colegio los gastos de desplazamiento,
pero en la seguridad de que la firma se producirá en breve.
Número máximo de adscritos: 32.
Requisitos:
Caso de que las solicitudes superen el número de plazas, la selección
definitiva se realizará por la Comisión de Turnos de la Junta
de Gobierno, que podrá solicitar un currículum profesional
a los solicitantes, teniendo preferencia quienes se hubieran inscrito ya
el año anterior.
El número de adscritos fijados permite calcular que se haya de prestar un servicio cada dos meses aproximadamente. El Servicio contará con un coordinador nombrado directamente por la Junta de Gobierno, quien podrá convocar a los Letrados adscritos a reuniones de coordinación, que serán de asistencia obligatoria.
Un cursillo específico sobre las condiciones del Servicio se realizará
antes de comenzar el mismo, siendo la asistencia obligatoria para los adscritos
al mismo.
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