CON DOLOR Y VERGÜENZA
Nos vemos asaltados una vez más por la barbarie de los que no tienen
más razón que la sin razón, siempre dolorosa, pero
más si cabe cuando afecta a alguien cercano a nosotros, por su profesión
de Abogado y por haber sido Colegiado nuestro. Mi agradecimiento a todos,
Abogados, Jueces, Procuradores, Funcionarios, etc., que en los lugares
de concentración, en sus puestos de trabajo o en su corazón,
el día de ayer dedicaron un minuto de silencio en memoria del compañero
asesinado. Uno más, triste, pero honrosamente, en la lista de
Abogados que han perdido la vida en manos de quienes no pueden soportar
la existencia de derechos ajenos y de quienes dedican su vida a defenderlos.
Gracias de corazón.
APELACIONES CON NOTAS
Con cierta frecuencia recibimos quejas de compañeros que acuden
a una vista como apelados y se encuentran con que la parte apelante pretende
realizarla con notas sin haber mediado previo aviso. A la vista de ello,
estimamos oportuno reiterar ciertas aclaraciones, que ya se han hecho otros
años.
1º.- Las Leyes procesales preven en ciertos procedimientos
la forma de sustituir por notas el informe oral.
2º.- Fuera de dichos supuestos, ninguna Ley procesal ampara
el que el informe oral pueda ser "realizado" mediante notas escritas, por
lo que ningún Abogado está obligado a aceptar actuaciones
no previstas procesalmente y tiene todo el derecho a exigir que los informes
sean orales.
3º.- Sin perjuicio de lo anterior, cuando las circunstancias
o incluso la mejor defensa de los intereses encomendados aconsejen "aceptar"
ciertos usos derivados de la costumbre o la búsqueda de una mayor
agilidad, el Abogado de la parte apelada tiene derecho a disfrutar los
mismos medios de defensa que tendría en una vista oral, lo que supone
conocer los argumentos del apelante antes de estructurar y emitir los propios.
4º.- Quiere ello decir que, caso de pretenderse la utilización
de notas escritas, uso que no puede ser avalado en modo alguno desde la
Junta de Gobierno, el Abogado apelante deberá solicitar la previa
conformidad del Abogado de la parte apelada y en su caso hacerle entrega
de sus notas con veinticuatro horas de antelación a la vista.
5º.- La Junta de Gobierno insiste en la necesidad de velar
por la pureza del procedimiento, garantía a fin de cuentas de los
derechos de los litigantes, y la conveniencia por ello de realizar las
actuaciones procesales en la forma en que están procesalmente previstas.
JURISPRUDENCIA ARAGONESA
Superadas las dificultades que nos habían impedido cumplir nuestros
objetivos en el plazo deseado, hemos conseguido por fin terminar y editar
la Jurisprudencia Aragonesa correspondiente al año 1993, un ejemplar
de la cual puede ser retirado en el Colegio. Los residentes en los partidos
judiciales podrán hacerlo en sus respectivas Salas de Letrados a
partir del próximo día 20, si no han retirado antes su ejemplar
en las oficinas del Colegio. A los residentes fuera de la provincia que
así lo soliciten, se les enviará por correo contra reembolso
de los gastos de envío.
NUEVA PUBLICACIÓN
DEL COLEGIO
A iniciativa de nuestro compañero Miguel Monserrat, que además
ha asumido la tarea de traducirlo del francés, hemos acometido la
publicación de un libro tan relacionado con nuestro Colegio como
es el de "IVO DE TRÉGUIER" patrón de un buen número
de Colegios de Abogados en todo el mundo, entre ellos el nuestro. El libro
se presentará el próximo día 19 de febrero, a las
13 horas, en el Salón de Actos del Colegio, según consta
en la invitación que te adjunto y espero contar con tu presencia.
Los interesados en adquirir algún ejemplar podrán hacerlo
al precio de 1.000.- pesetas.
USO DE LAS SALAS
COLEGIALES
Todos sabéis que las instalaciones colegiales están para
utilizarlas y cuanto más mejor, pero ha de tenerse en cuenta que
son limitadas y en determinadas circunstancias pueden resultar insuficientes
para todos los interesados. Es lo que está ocurriendo estos días
en que muchos grupos del Curso de Acceso al Turno de Oficio hacen o preparan
las prácticas en el Colegio. No hay ningún inconveniente,
todo lo contrario, pero es necesario que se avise con antelación,
para cerciorarse que se dispone de una sala vacante a la hora deseada.
A tales efectos recordamos que por la mañana hay disponibles hasta
8 salas, más las aulas del Centro de Formación, y por la
tarde 6, y que el Colegio se cierra a las 21 horas.
NORMAS DE NONORARIOS
Van a cumplirse 5 años desde la aprobación de los vigentes
Criterios Orientativos en Materia de Honorarios. Haciendo uso de la Disposición
que le faculta para ello, la Junta de Gobierno ha acordado proceder a su
revisión, actualizando cuantías e introduciendo conceptos
hoy no previstos. A tal efecto se ha constituido una Comisión de
Trabajo a la que pueden remitirse cuantas sugerencias parezcan oportunas
Un cordial saludo.
EL DECANO
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