JUNTA GENERAL ORDINARIA
DE PRESUPUESTOS Y ELECCIONES
La Junta de Gobierno de este Real e Ilustre Colegio de Abogados, en sesión
celebrada el día 29 de octubre de 1998, en cumplimiento de lo dispuesto
en el artículo 86 del Estatuto General de la Abogacía, acordó
convocar la segunda Junta General Ordinaria anual, que tendrá lugar
en el Salón de Actos del Colegio (Don Jaime, I, nº. 18) el
día 15 de diciembre de 1998, a las diez horas (10'00 horas) de la
mañana, con arreglo al siguiente:
Orden del día
Primero: Lectura y aprobación, si procede, del acta de la
Junta Anterior.
Segundo: Lectura y aprobación, si procede, del Presupuesto
propuesto por la Junta de Gobierno para el año 1999, así
como de las enmiendas que en su caso se hayan presentado dentro de plazo.
El proyecto de presupuesto será remitido en breve, indicándose
al mismo tiempo el plazo para la presentación de enmiendas.
Tercero: Elección para los siguientes cargos vacantes de
la Junta de Gobierno.
DIPUTADO PRIMERO (VICEDECANO)
DIPUTADO TERCERO
DIPUTADO CUARTO
DIPUTADO OCTAVO
DIPUTADO NOVENO
TESORERO
BIBLIOTECARIO-CONTADOR
Normas de la Convocatoria
A) En cuanto a la
presentación de enmiendas al Presupuesto:
Se especificarán al hacer público y remitir el proyecto de
Presupuesto.
B) En cuanto a las
elecciones:
Primero: La votación se desarrollará desde las once
treinta horas (11'30 horas) hasta las dieciocho treinta horas (18'30
horas) del expresado día, en que se cerrarán las urnas para
comienzo del escrutinio.
Segundo: Los cargos sometidos a elección desempeñarán
sus funciones durante cinco años, sin perjuicio de que todos
ellos puedan ser reelegidos en la renovación ordinaria de cargos.
Tercero: Los candidatos deberán ser Letrados en ejercicio,
de nacionalidad española, residentes en la demarcación del
Colegio y que posean la condición de elector (art. 74 del Estatuto
General de la Abogacía). Para ser candidato a los cargos de elección
se exigen los siguientes períodos mínimos de ejercicio profesional:
Para Diputado primero y tercero: Diez años
Para los restantes cargos: Dos años
Cuarto: Tendrán derecho de sufragio activo los colegiados
en ejercicio a partir de los dos meses siguientes a su incorporación
al Colegio y los colegiados no ejercientes que lleven, al menos un año
inscritos (Artículo 76. 2 del Estatuto General de la Abogacía).
El voto de los colegiados ejercientes tendrán doble valor que el
de los no ejercientes. (Artículo 47. a del Estatuto General de la
Abogacía).
Quinto: No se admitirá el voto por correo (Artículo
75. 2 del Estatuto General de la abogacía).
Sexto: Las listas de colegiados con derecho a voto, separados en
dos grupos de colegiados ejercientes y no ejercientes, se expondrán
en el tablón de anuncios del Colegio en los cinco días naturales
siguientes a esta circular, (Don Jaime I, 18). Dentro del plazo de los
cinco días naturales siguientes a la exposición de las listas,
podrán formularse las reclamaciones a que hubiera lugar. Éstas
serán resueltas por la Junta de Gobierno dentro de los tres días
naturales siguientes a la expiración del plazo para formularlas,
notificándose su resolución a cada reclamante dentro de los
dos días siguientes (art. 78 del Estatuto General de la Abogacía).
Séptimo: Las candidaturas deberán presentarse por
escrito en la Secretaría del Colegio antes de las quince horas (15'00
horas) del día 30 de noviembre, lunes. La Junta de Gobierno proclamará
candidatos al siguiente día 1 de diciembre, martes, a quienes
reunan los requisitos legales exigibles, considerando electos a los que
no tengan oponentes, lo que seguidamente se publicará en el tablón
de anuncios y se comunicará a los interesados y a todos los colegiados.
Octavo: Las candidaturas podrán ser conjuntas para varios
cargos, o individuales para cargos determinados, debiendo ser suscritas
exclusivamente por los propios candidatos, sin que ningún colegiado
pueda presentarse candidato a más de un cargo.
Noveno: Las papeletas de voto serán blancas, del mismo tamaño;
llevarán impresos en una sola cara, correlativamente, los
cargos a cuya elección se procede, y serán editadas por el
Colegio, pudiendo los candidatos confeccionar por su parte papeletas, que
deberán ser exactamente iguales a las del Colegio. En la sede del
Colegio, donde se celebrará la elección, se dispondrá
de suficiente número de papeletas, con los nombres de los candidatos
en blanco.
Décimo: La Mesa electoral quedará integrada por el
Decano, como Presidente, o por un miembro de la Junta que le sustituya
en dicho acto, auxiliado, como mínimo, por dos miembros de la propia
Junta como Vocales. El más moderno de éstos actuará
como Secretario, de no formar el titular parte de la misma. Cada candidato
podrá por su parte designar entre los colegiados uno o varios Interventores
que lo representen en las operaciones de la elección.
Undécimo: La papeleta, introducida en sobre normalizado,
que proporcionará el Colegio, será entregada directa y personalmente
al Presidente de la Mesa por cada elector, previa identificación
del mismo y comprobación de su derecho a voto. El Presidente pronunciará
en voz alta el nombre y apellidos del votante, indicando que vota, introduciendo
el propio Presidente la papeleta en la urna correspondiente, a cuyo fin
existirán dos urnas perfectamente diferenciadas, una para colegiados
ejercientes y otra para colegiados sin ejercicio.
Duodécimo: A las dieciocho horas y treinta minutos del día
15 de diciembre de 1998, se cerrarán las puertas de la Sala y sólo
podrán votar los colegiados que ya se encontraran en ella. La Mesa
votará en último lugar, tras lo cual se procederá
al escrutinio, leyéndose en voz alta todas las papeletas, siendo
declarados totalmente nulos aquellos votos que contengan expresiones ajenas
al estricto contenido de la votación o que contengan tachaduras
o raspaduras; y, parcialmente, en cuanto el cargo al que afectare, las
que indiquen más de un candidato para un mismo cargo o nombres de
personas que no concurran a la elección o designen un candidato
para distinto cargo al que se presentare. Aquellas papeletas que se hallen
tan sólo parcialmente rellenadas en cuanto al número de candidatos,
pero que reunan los requisitos exigidos para su validez, lo serán
para los cargos y personas correctamente expresados.
Décimotercero: Finalizado el escrutinio, la Presidencia anunciará
su resultado, proclamándose seguidamente electos los candidatos
que hubieran obtenido para cada cargo el mayor número de votos.
En caso de empate, se entenderá elegido el de mayor tiempo de ejercicio
en el Colegio. El Acta correspondiente será firmada por los integrantes
de la Mesa e Interventores presentes.
CONVOCATORIA PARA
1999 DEL TURNO DE OFICIO Y ASISTENCIA AL DETENIDO
Y SERVICIOS DE ORIENTACIÓN
JURÍDICA
Como todos los años por estas fechas, procedemos a convocar de forma
unificada el período de inscripción a los distintos Turnos
de Oficio y Servicios de Orientación Jurídica, las características
de cada uno de los cuales se recogen en el tríptico que se acompaña.
Las diferentes listas del Turno de Oficio tienen carácter abierto,
por lo que es posible inscribirse a una, a varias o a todas. Por
el contrario, los Servicios de Orientación Jurídica son incompatibles
entre sí, por lo que, con independencia de la adscripción
al Turno de Oficio, sólo cabrá adscribirse a un solo Servicio
de Orientación Jurídica.
Los requisitos para inscribirse por primera vez, para 1999, son los mismos
para el Turno y los distintos Servicios de Orientación Jurídica,
aplicando así lo dispuesto en la O.M. de 3 de junio de 1997: contar
con un mínimo de 3 años de experiencia en el ejercicio profesional
y haber realizado el Curso de Acceso al Turno de Oficio. Podrán
inscribirse sin más requisitos quienes ya hayan pertenecido con
anterioridad al Turno o a cualesquiera de los Servicios de Orientación
Jurídica.
Los boletines de inscripción que se adjuntan deberán remitirse
al Colegio o bien presentarse directamente en el Departamento del Turno
de Oficio (6ª. planta) cuanto antes y en todo caso antes de las 21'00
horas del lunes 30 de noviembre. Recomendamos leer con atención
el Boletín y los compromisos que se adquieren con su firma y cumplimentar
todos los datos que se piden.
Las listas con todos los admitidos al Turno de Oficio y Asistencia al Detenido
se publicarán antes de fin de año para conocimiento general.
En cuanto a la configuración de las listas de integrantes de los
distintos Servicios de Orientación Jurídica, se decidirá
por la Comisión de Turnos con el refrendo de la Junta de Gobierno,
a la vista de las solicitudes recibidas y de las necesidades de cada servicio,
o bien mediante un sorteo público al que podrán asistir
todos los interesados que lo deseen y cuyos criterios y fecha se anunciarán
oportunamente.
Cerradas las listas definitivas, se convocará una charla informativa
sobre las condiciones de prestación y peculiaridades de cada uno
de los Servicios, excepto el S.A.O.J.I. que por mayor especialidad
de la normativa a aplicar exige un cursillo previo. La asistencia a las
charlas o al cursillo en su caso, del Servicio de Orientación Jurídica
en el que se haya resultado inscrito es obligatoria para que adquiera firmeza
la adscripción al mismo.
CURSO DE ACCESO AL
TURNO DE OFICIO
Teniendo en cuenta que las listas del Turno se confeccionan en nuestro
Colegio una vez al año y la Orden Ministerial que exige una antiguedad
de tres años en el ejercicio profesional para acceder al Turno,
en anterior circular se advertía que para inscribirse al Curso del
Turno para 1999 era requisito indispensable estar colegiado
antes del 1 de enero de 1996. A la vista del número de solicitudes
recibidas y atendiendo las sugerencias de algunos compañeros, nos
ha parecido oportuno flexibilizar el sistema, de forma que puedan incorporarse
al Turno en 1999, no sólo los que tengan cumplido el requisito de
los 3 años el 1 de enero, sino también quienes vayan
cumpliéndolo a lo largo de dicho año. La incorporación
a las listas elegidas se produciría a partir de la fecha en que
cumplieran los tres años, con excepción de las listas relacionadas
con el Turno de Asistencia al Detenido, ya que los grupos de guardia no
se deben modificar una vez configurados. En este caso, los interesados
pasarían a engrosar una lista de suplencias, para cubrir bajas y
sustituciones.
La anterior modificación de criterios afecta a todos los compañeros
colegiados a lo largo de 1996, por lo que se ha acordado abrir un nuevo
plazo de inscripción al Curso de Acceso al Turno de Oficio, a fin
de que puedan inscribirse los compañeros incluidos en este planteamiento,
es decir, colegiados a lo largo de todo el año 1996 y por supuesto
los colegiados con anterioridad, que lo deseen. El plazo de inscripciones
se cerrará el viernes 13 de noviembre a las 21'00 horas y
el Curso se impartirá a partir del lunes 23 de noviembre, durantre
dos semanas, de lunes a viernes, de 19'00 a 21'00 horas. Quienes remitieron
su solicitud de inscripción en la convocatoria de la anterior Circular
no es preciso que la envíen de nuevo.
CONVOCATORIA DE LETRADOS
COLABORADORES
DE LA JUNTA DE GOBIERNO
La Junta de Gobierno del Real e Ilustre Colegio de Abogados de Zaragoza,
ha decidido seguir manteniendo la figura de los Letrados Colaboradores
al igual que el año anterior, en materia de impugnaciones de honorarios
e inspección de los derechos de intervención profesional,
convocando tres plazas con arreglo a los siguientes requisitos:
Requisitos objetivos.- Podrán optar al puesto todos los colegiados
del Real e Ilustre Colegio de Abogados de Zaragoza que reunan los siguientes
requisitos:
- Ser colegiado
con ejercicio en el Real e Ilustre Colegio de Abogados de Zaragoza en la
fecha de esta convocatoria y contar con una experiencia ininterrumpida
de cinco años en dicha situación.
- Estar al corriente de todas
las cargas colegiales.
- No haber sido sancionado
disciplinariamente, ni tener expediente disciplinario por presunta infracción
de la deontología profesional.
- No ser funcionario, ni
tener contrato con la Administración o cualquier tipo de empresa
que impida la plena dedicación durante el horario de prestación
del servicio.
Requisitos materiales.- Presentar la solicitud presupone la aceptación
tácita de las obligaciones que conlleva el puesto y la eliminación
de las situaciones de incompatibilidad que se den en el plazo de tres días
desde que se comunique la resolución en su caso. El puesto de Letrado
colaborador de la Junta de Gobierno conllevará las siguientes obligaciones:
- La labor se realizará
en cualquiera de las dependencias del Real e Ilustre Colegio de Abogados
de Zaragoza, tanto en su sede principal, como en cualquiera de las Salas
de Letrados o auxiliares en uso por el Colegio, o en cualquier dependencia
judicial, a indicación de la Junta de Gobierno.
- El Letrado colaborador
realizará las labores de apoyo que les encomiende la Junta de Gobierno
por mediación del Diputado o responsable en quien delegue expresamente.
Para la realización de dicha labor contarán con el apoyo
del material auxiliar que les facilitará el propio Colegio.
- La labor se prestará
en horario de 9,30 a 13,30 horas, de lunes a viernes, debiendo completar
el Letrado un total de 10 horas semanales.
- Dos puestos se asignarán
por un periodo de 2 años, desde el 1 de enero de 1999 hasta el 31
de diciembre de 2000, y el tercero por 3 años, desde 1 de enero
de 1999 hasta el 31 de diciembre del 2001.
- El puesto de Letrado colaborador
será incompatible con la pertenencia al Turno de Oficio y Asistencia
al Detenido y en general con cualquier otro Servicio retribuido por el
Colegio.
- El Letrado colaborador
estará obligado a mantener el más absoluto secreto sobre
los asuntos que se le encomienden, considerándose el incumplimiento
de este requisito como una falta muy grave que dará lugar a la apertura
de expediente de deontología con independencia de la inmediata separación
del servicio.
- La colaboración
será retribuida con una beca de 75.000.- pesetas mensuales, IVA
incluido, por cuyo importe se deberá librar factura completa al
Real e Ilustre Colegio de Abogados de Zaragoza.
- Las solicitudes deberán
presentarse en las oficinas del Colegio, antes de las 21 horas del 30 de
noviembre.
FORO DE DERECHO ARAGONÉS
Un año más, el Salón de Actos del Colegio será
sede del Foro de Derecho Aragonés, en su séptima edición.
Las sesiones están previstas para tres martes seguidos, los días
10, 17 y 24 de noviembre a las 19'30 horas y no necesitan preinscripción,
siendo abiertas las sesiones a colegiados, juristas en general y público
interesado. Adjuntamos un tríptico con el contenido de cada una
de las sesiones y los respectivos ponentes.
Un cordial saludo.
EL DECANO
ANEXO DE CONVOCATORIA
DEL TURNO DE OFICIO
Y SERVICIOS DE ORIENTACIÓN
SERVICIO DEL TURNO
DE OFICIO Y ASISTENCIA AL DETENIDO
El Turno de Oficio se compone de 9 listas, en cada una de las cuales se
turnan los asuntos que jurisdiccionalmente le corresponden, siguiendo el
orden estricto de los Abogados que figuran adscritos a dicha lista. Los
interesados pueden adscribirse a todas las listas o sólo a las que
estimen más relacionadas con su actividad profesional habitual,
comunicándose por el Colegio al despacho del Abogado los turnos
que le van siendo asignados.
Excepción a esta regla son las siguientes listas: Penal General,
unida obligatoriamente a la de Asistencia al Detenido; Extranjería,
que obliga a apuntarse también en Asistencia al Detenido y en Administrativo
y Penitenciario, la adscripción a la cual está condicionada
a pertenecer también al Servicio de Orientación Penitenciaria.
No existe limitación en el número de adscritos y el Servicio
es compatible con la pertenencia a cualquiera de los Servicios de Orientación
Jurídica.
El Servicio es coordinado directamente por el Diputado de la Junta de Gobierno
responsable del Turno de Oficio, con apoyo de la Comisión de Turnos,
y con sujeción al Reglamento de los Turnos de Oficio aprobado por
la Junta de Gobierno en su sesión de 27 de junio de 1995 y normas
concordantes, adaptado a la Ley 1/1996, de 10 de enero sobre Asistencia
Jurídica Gratuita. La pertenencia al mismo implica la obligación
de informar sobre las pretensiones de insostenibilidad del art. 32 de la
Ley que se asignen y la asunción de la defensa por turno de dicho
asunto por el Abogado que ha emitido el informe, si dicho informe es favorable
a la pretensión.
Aparte lo dicho, el Servicio funciona de forma distinta según se
trate del Partido Judicial de Zaragoza o de alguno de los 6 partidos judiciales
existentes en la provincia.
PARTIDO JUDICIAL
DE ZARAGOZA
Los Abogados inscritos están organizados en grupos de 5, prestando
cada grupo una guardia de veinticuatro horas seguidas, de las 14 horas
de un día hasta las 14 horas del siguiente. Los grupos se conforman
con CINCO ABOGADOS DE PENAL GENERAL. De los cinco Abogados citados, tres
de ellos se seleccionan de entre los que además pertenecen a las
listas de Penal Especial, Menores y Extranjería respectivamente.
La finalidad es prever que haya que atender también asistencias
en dichas materias y asegurar la posterior asignación del Turno
de Oficio al mismo Abogado que prestó la asistencia. Es decir, los
cinco Abogados atienden las asistencias generales que se requieran, sin
perjuicio de pasar al Abogado de la lista especial la asistencia especializada
que pudiera presentarse.
Los Abogados van provistos de un busca conectado a una Central de Avisos,
a la que han de confirmar la recepción del mensaje en el plazo de
30 minutos, ya que de no hacerlo se pasa el mensaje al siguiente Abogado
del grupo. Los Abogados inscritos en estas listas cubren en caso de necesidad
la totalidad de la provincia de Zaragoza.
Las guardias se abonan a razón de ___.- pesetas diarias con independencia
del número de asistencias. Las asistencias en el Juzgado de Guardia
quedan incluidas en la retribución del Turno de Oficio subsiguiente,
o bien se pagan a razón de ___.- pesetas por asistencia caso de
que se archive el asunto sin ulteriores actuaciones y así se le
haga saber al Colegio por el Abogado.
PARTIDOS JUDICIALES
DE LA PROVINCIA
El Servicio de Asistencia al Detenido en los partidos judiciales de Calatayud,
Caspe, La Almunia, Daroca, Ejea de los Caballeros y Tarazona, se realizará
por Abogados residentes en dichos partidos si hubiera suficientes inscripciones.
En dichos partidos, al no darse el número mínimo de asistencias
anuales que exige el Consejo General de la Abogacía para crear turnos
de guardia de 24 horas, el Servicio se retribuye por el criterio de asistencias,
a razón de ___.- pesetas por asistencia.
Teniendo en cuenta que los partidos se organizan según sus necesidades,
pero que lo normal es que los Abogados se turnen estando a disposición
con periodicidad semanal, podría darse el caso de que durante uno
de dichos períodos no se produjeran asistencias y que por consiguiente
no se retribuyera esa disponibilidad. Para evitar dicha situación,
el Colegio garantizará que cada Abogado perciba semestralmente el
importe resultante de multiplicar 19.000 pesetas por el número de
semanas que haya estado de guardia, completando la diferencia de dicho
importe, si el mismo no se alcanzara con el total de asistencias prestadas
por el Abogado en el mismo semestre.
SERVICIO DE ORIENTACIÓN
JURÍDICA (S.O.J.)
Plazas convocadas: 82
El Servicio se presta en una doble modalidad.
De una parte es fruto de un Convenio tripartito suscrito por el Real e
Ilustre Colegio de Abogados de Zaragoza, el Tribunal Superior de Justicia
de Aragón y la Diputación General de Aragón el 25
de febrero de 1991, con carácter bianual y sucesivamente renovado.
En virtud de dicho Convenio, la Diputación General de Aragón
financia el funcionamiento del Servicio que se presta por 80 Abogados Consultores
del Colegio en una dependencia de los Juzgados.
El objeto del Servicio es orientar y encauzar las consultas verbales de
los ciudadanos que precisan realizar alguna actuación ante los órganos
jurisdiccionales o administrativos, orientándoles hacia el órgano,
entidad o persona competentes para atender o resolver la cuestión
de fondo, quedando excluida la tramitación del asunto o evacuar
las consultas verbales sobre el fondo de la materia, salvo las necesarias
para la cumplimentación de los impresos de solicitud de asistencia
jurídica gratuita, o para hacer ver al solicitante la absoluta falta
de fundamento de su pretensión.
De otra parte el Servicio de Orientación Jurídica lo componen
asimismo cinco Abogados Tramitadores que con cargo a los gastos de infraestructura
del Turno de Oficio han de estudiar e informar las solicitudes de asistencia
jurídica gratuita conforme a lo previsto en la ley 1/1996, de 10
de enero. Para optar a ser Abogado Tramitador hay que tener un mínimo
de 5 años de experiencia profesional y se valorará haber
sido previamente Abogado Consultor
Tanto Abogados Consultores como Tramitadores prestan el servicio en las
dependencias del Servicio de Orientación Jurídica en los
Juzgados, de lunes a viernes de 9’30 a 11’30 horas. A efectos de una correcta
coordinación, los 80 Abogados consultores se distribuyen en 5 grupos
de 16, prestando servicio los integrantes de cada grupo un día fijo
de la semana coordinados con el Abogado Tramitador que presta su servicio
ese mismo día.
El Servicio contará con un coordinador de la Junta de Gobierno,
quien podrá convocar a los Abogados adscritos a reuniones de coordinación,
que serán de asistencia obligatoria.
Para 1999 se convocan 80 plazas de Abogados Consultores y 3 de Abogados
Tramitadores, completándose el Servicio con 2 de los Abogados Tramitadores
actuales que permanecerán en el mismo, para garantizar la correcta
coordinación de un año a otro.
El número de plazas convocadas permite calcular que hayan de prestar
un servicio cada cuatro meses aproximadamente por los Abogados Consultores
y uno semanal los Tramitadores.
SERVICIO DE ASISTENCIA
Y ORIENTACIÓN JURÍDICA PARA INMIGRANTES (S.A.O.J.I.)
Plazas convocadas: 59
El Servicio es fruto de un Convenio suscrito por el Real e Ilustre Colegio
de Abogados de Zaragoza y el Instituto Aragonés de Servicios Sociales
de la Diputación General de Aragón, el 7 de diciembre de
1992, renovado y ampliado a partir de 1994 a los Colegios de Abogados de
Huesca y Teruel.
En virtud de dicho Convenio, la Diputación General de Aragón
financia el Servicio, que se presta por Abogados del Colegio en una doble
modalidad de intervención: 9 Abogados Consultores, que realizan
su actividad en dependencias de la Casa de las Culturas del Excelentísimo
Ayuntamiento, y 50 Abogados Tramitadores, que prestan el servicio desde
sus propios despachos.
El Servicio de Consultores se presta tres días a la semana, lunes,
miércoles y viernes, de 16’30 a 19’30 horas. Los Abogados Tramitadores
están de guardia, en idéntico horario, un día con
la periodicidad que de su número resulte, durante el cual han de
estar localizables por parte del Abogado Consultor, a fin de que les pueda
remitir aquellos asuntos cuya tramitación haya de llevarse a cabo.
El objeto del Servicio es garantizar a los inmigrantes la asistencia y
orientación jurídica necesarias y la inmediata intervención
profesional si procede, en orden a salvaguardar los derechos que les reconoce
el Estado Español.
El número de plazas convocado permite calcular que se haya de prestar
un servicio previsible cada tres semanas los Consultores y cada dos meses
los Tramitadores.
El Servicio contará con un coordinador nombrado directamente por
la Junta de Gobierno, quien podrá convocar a los Abogados adscritos
a reuniones de coordinación, que serán de asistencia obligatoria.
Un cursillo específico sobre las condiciones del Servicio se realizará
antes de comenzar el mismo, siendo la asistencia obligatoria para los nuevos
adscritos al mismo.
SERVICIO DE ASISTENCIA
Y ORIENTACIÓN JURÍDICA A LA MUJER (S.A.M.)
Plazas convocadas: 50
El Servicio es fruto de un Convenio suscrito entre el Real e Ilustre Colegio
de Abogados de Zaragoza y el Instituto Aragonés de la Mujer, de
la Diputación General de Aragón, suscrito el 1 de junio de
1993 y renovado anualmente.
El Servicio se presta por Abogados del Colegio. En Zaragoza, de lunes a
jueves en las dependencias del Instituto Aragonés de la Mujer en
horas de 16’30 a 19’30; y en la ciudad de Caspe, en el Ayuntamiento, miércoles
alternos de 16 horas a 19 horas.
El objeto del Servicio es doble:
A) Prestar
asistencia y asesoramiento a las mujeres que lo solicitan a través
del Instituto Aragonés de la Mujer, sobre los medios y cauces adecuados
para hacer valer sus derechos, especialmente en situaciones de malos tratos
u otras que dejan en patente indefensión a la víctima, sin
que los Abogados que prestan el Servicio puedan asumir ni directa ni indirectamente,
la defensa jurídica del asunto de fondo, que deberá encargarse
a Abogado de libre designación o del Turno de Oficio en su caso.
B) Impartir charlas,
sobre temas que afecten directa o indirectamente a las mujeres, en aquellas
poblaciones o asociaciones o centros que estén interesados y nos
lo hagan saber a través de la Diputación General de Aragón.
Igualmente existe un Servicio de Guardia, destinado a atender a las mujeres
que hayan sido objeto de agresión sexual o maltrato físico
y precisen ser acompañadas a fin de presentar la denuncia, dirigirse
a un hospital, así como para facilitarles orientación y asistencia,
en los primeros trámites.
El servicio de guardia tiene una duración semanal y los Abogados
de guardia deben estar localizables en todo momento para lo cual se les
entrega un teléfono móvil, que deben recoger en el Colegio
de Abogados.
Los Abogados que además de realizar el servicio en Zaragoza estén
interesados en desplazarse a Caspe y/o atender el servicio de guardia deben
comunicarlo expresamente.
Con independencia de la retribución con arreglo a los criterios
generales de los Servicios y charlas que se presten, para sufragar los
gastos del desplazamiento a Caspe en su caso, se abonarán ___.-
pesetas por desplazamiento por parte del Ayuntamiento de dicha ciudad.
El Servicio contará con un coordinador o coordinadora nombrado/a
directamente por la Junta de Gobierno, quien podrá convocar a los
Abogados adscritos a reuniones de coordinación, que serán
de asistencia obligatoria.
SERVICIO DE ORIENTACIÓN
PENITENCIARIA (S.O.P.)
Plazas convocadas: 32
El Servicio de Orientación Penitenciaria es una iniciativa del Real
e Ilustre Colegio de Abogados de Zaragoza y el Ministerio de Justicia,
que es prestado por Abogados del Colegio de Zaragoza, en dependencias facilitadas
por el Ministerio en los Centros Penitenciarios existentes en la provincia.
El objeto del Servicio es facilitar a los internos en los Centros penitenciarios
de Zaragoza y Daroca, información, orientación y asistencia
sobre la legislación penitenciaria, cumplimiento de penas, acceso
al Turno de Oficio y derechos en general de los internos. La prestación
del Servicio se realiza en los propios Centros con una duración
prevista de dos horas por prestación y una frecuencia semanal, siendo
a cargo del Servicio los gastos de desplazamiento Daroca.
El número de plazas convocadas permite calcular que se haya de prestar
un servicio cada dos meses aproximadamente.
El Servicio contará con un coordinador nombrado directamente por
la Junta de Gobierno, quien podrá convocar a los Abogados adscritos
a reuniones de coordinación, que serán de asistencia obligatoria.
La retribución definitiva del Servicio está condicionada
a que se firme definitivamente el Convenio con la Diputación General
de Aragón. Por si dicha firma no se produjera, en la propuesta de
presupuestos del Colegio para 1999 se incluye una partida que permitiría
abonar el Servicio en las mismas condiciones que los restantes Servicios
de Orientación Jurídica. Caso de no aprobarse dicha partida
presupuestaria por la Junta General, el Colegio sólo garantiza el
pago de los gastos de desplazamiento a la prisión de Daroca (___.-
pesetas por viaje desde Zaragoza).
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