Circular 1/1999 de 7 de enero
Conforme a lo dispuesto en el artículo 85 del Estatuto General de la Abogacía, que establece la obligación de convocar la primera Junta General Ordinaria de cada año en la segunda quincena del mes de enero, se convoca Junta General Ordinaria para el martes 26 de enero, a las 19.00 horas que tendrá lugar en el Salón de Actos del Colegio, C/ D. Jaime I, 18, con arreglo al siguiente orden del día: 1.- Reseña que hará el Decano de los acontecimientos más importantes que durante el año hayan tenido lugar , con relación al Colegio. 2.- Lectura, discusión y votación de la Cuenta General de Gastos e Ingresos del año anterior. 3.- Lectura y votación de la propuesta de la Junta de Gobierno para la designación de colegiados de honor a los compañeros que cumplen 50 años de colegiación. 4.- Ruegos y preguntas. 5.- Toma de posesión de sus cargos respectivos por los miembros de la Junta de Gobierno electos en la última convocatoria y cese de los que cumplen su mandato.
6.- Entrega de sus diplomas acreditativos a los compañeros
que cumplen 25 años en el ejercicio de la Abogacía.
POLIZA DE RESPONSABILIDAD CIVIL PARA 1999 Tras la aprobación en Junta General de los presupuestos para 1999 , se mantendrá la misma póliza de Responsabilidad Civil vigente hasta la fecha, es decir con cobertura hasta 25.000.000.- pesetas y franquicia de 100.000.- pesetas, vigencia en todo el territorio de la Unión Europea y garantizando la atención a los siniestros durante 5 años después del cese de la actividad profesional por muerte, jubilación o invalidez. Se ha conseguido una nueva reducción de la prima individual, que para 1999 es de 7.200.- pesetas, impuestos incluídos, por lo que la cuota extraordinaria que cubre dicha prima se girará en un sólo recibo dentro del presente mes de enero. Recordamos que quien lo desee puede contratar individualmente segundos tramos ampliatorios de la cobertura general, por otros 25, 75 ó 175 millones, no habiendo experimentado variación las primas respecto a las vigentes en 1998. Quienes tuvieran contratado ya un segundo tramo, no es preciso que comuniquen nada, pues se prorrogará automáticamente a su vencimiento. Se han recibido los fondos correspondientes al pago del Turno de Oficio correspondiente al primer semestre de 1998. Aunque el Ministerio de Justicia sólo ha librado el 90% de la factura por problemas presupuestarios, gestionando un crédito extraordinario para poder pagar el 10 % restante a primeros de año, la Junta de Gobierno acordó adelantar dicha diferencia de los fondos del Colegio y abonar a los colegiados el 100 % de sus derechos. Quienes tengan autorizado el pago mediante transferencia y no tengan pagos pendientes en el Colegio, al recibo de la presente tendrán ya ingresado en su cuenta desde hace varios días el importe que les corresponde. Quienes prefieren cobrar mediante talón y no tengan pagos pendientes en el Colegio pueden pasar a retirarlo por el Departamento del Turno de Oficio (6ª. planta), de 8 a 15 horas cuando deseen. El pago mediante talón lleva una tramitación administrativa y posterior comunicación que implica que el cobro por el destinatario se perciba como mínimo una semana más tarde que el cobro de quienes lo reciben por transferencia. Recomendamos pues que se autorice el pago mediante transferencia puesto que ello redunda en beneficio del colegiado, que cobra antes, y del Colegio, que se evita los gastos de tramitación. Sea cual sea la forma de pago, quienes tengan deudas pendientes en el Colegio según la liquidación que se adjunta a la presente circular, han de cobrar necesariamente por cheque, que pueden retirar en Tesorería (1ª. planta), tras liquidar allí misno su deuda o acreditar que se ha liquidado previamente mediante transferencia o ingreso en la cuenta del Colegio número 0128 6402 63 0101701142 de Bankinter.
Según consta en los recibos justificantes del pago, se abonan por
un lado las actuaciones por Turno de Oficio y de otro las guardias de Asistencia
al Detenido. No obstante, ha de tenerse en cuenta que junto con las
guardias se computan aquellos supuestos en que se prestó asistencia
en el Juzgado de guardia despues de haberla prestado en Comisaría,
pero no continuó actuación en Turno de Oficio por sobreseerse
o archivarse el asunto tras la primera asistencia en el Juzgado. En tales
casos, la asistencia en Comisaría se computa como parte de la guardia
(19.000.- pesetas día) y la asistencia en el Juzgado como una asistencia
individual aparte (9.000.- pesetas asistencia).
RECENSIONISTAS DE JURISPRUDENCIA El Departamento de Publicaciones tiene la intención de reforzar el número de compañeros que llevan a cabo las recensiones para confeccionar la Jurisprudencia Aragonesa. El trabajo se realiza bajo la supervisión del coordinador de la Jurisprudencia y del Diputado 10º, responsable de Publicaciones, y se abonan 500.- pesetas por cada sentencia correctamente recensionada. Los interesados en incorporarse al equipo de recensionistas pueden comunicarlo por escrito al Departamento de Publicaciones para quedar incluídos en el proceso de selección.
Un cordial saludo.
EL DECANO |