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Circular 21/1999 de 19 de octubre



 
REAPERTURA DE LA SALA DE LETRADOS DEL JUZGADO

          Finalizadas las obras de rehabilitación que se estaban llevando a cabo en el edificio viejo de los Juzgados, se nos ha devuelto el uso de nuestra tradicional Sala de Letrados. Se advierte, pues, para conocimiento general que la misma está abierta en su horario habitual desde el miércoles 20 de octubre, habiendo quedado clausuradas las instalaciones provisionales de la planta 1ª. La instalación de aire acondicionado en dicha sala nos ha obligado a modificar algo la anterior estructura, que hemos aprovechado para mejorar y ampliar los puestos de trabajo y consulta de base de datos.

 
CONVOCATORIA PARA EL AÑO 2000 DEL TURNO DE OFICIO,
ASISTENCIA AL DETENIDO Y SERVICIOS DE ORIENTACIÓN JURÍDICA

          Como todos los años por estas fechas, procedemos a convocar de forma unificada el periodo de inscripción a los distintos Turnos de Oficio y Servicios de Orientación Jurídica, adelantando algo el plazo límite de presentación de boletines de inscripción para dar un mayor margen de tiempo de cara a preparar y comunicar los listados definitivos.

          Las características de cada uno de los servicios convocados pueden consultarse en los folletos explicativos que como todos los años adjuntamos a la presente circular. Las diferentes listas del Turno de Oficio tienen carácter abierto, por lo que es posible inscribirse a una, a varias o a todas. Por el contrario, los Servicios de Orientación Jurídica son incompatibles entre sí, por lo que, con independencia de la adscripción al Turno de Oficio, sólo cabrá adscribirse a un solo Servicio de Orientación Jurídica. No obstante, a petición de algunos compañeros y para no coartar las posibilidades de nadie, quien lo desee podrá indicar un segundo servicio de preferencia, colocando un 1 en la casilla del Servicio al que desea adscribirse y un 2 en la casilla del Servicio al que opta en segundo lugar. Advertimos que las solicitudes para una segunda opción sólo serán tenidas en cuenta en el supuesto de que tras la oportuna selección hubieran quedado vacantes en el servicio en cuestión.

          Los requisitos básicos para inscribirse por primera vez, para el año 2000, son los mismos para el Turno y los distintos Servicios de Orientación Jurídica, aplicando así lo dispuesto en la O.M. de 3 de junio de 1997: contar con un mínimo de 3 años de experiencia en el ejercicio profesional y haber realizado el Curso de Acceso al Turno de Oficio. Podrán inscribirse sin más requisitos quienes ya hayan pertenecido con anterioridad al Turno o a cualesquiera de los Servicios de Orientación Jurídica.

          Teniendo en cuenta que las listas del Turno se confeccionan en nuestro Colegio una vez al año y la Orden Ministerial que exige una antigüedad de tres años en el ejercicio profesional para acceder al Turno, podrán incorporarse al Turno en el año 2000, no sólo los que tengan cumplido el requisito de los 3 años el 1 de enero, sino también quienes vayan cumpliéndolo a lo largo de dicho año. La incorporación a las listas elegidas se produciría a partir de la fecha en que cumplieran los tres años, con excepción de las listas relacionadas con el Turno de Asistencia al Detenido, ya que los grupos de guardia no se deben modificar una vez configurados. En este caso, los interesados pasarían a engrosar una lista de suplencias, para cubrir bajas y sustituciones.

          Las listas con todos los admitidos al Turno de Oficio y Asistencia al Detenido se publicarán antes de fin de año para conocimiento general.

          En cuanto a la configuración de las listas de integrantes de los distintos Servicios de Orientación Jurídica, las condiciones de selección en cada uno de los distintos servicios se especifican en sus respectivos folletos, que se adjuntan a la presente circular y pueden consultarse en el Departamento del Turno de Oficio y en la Web del Colegio. Cerradas las listas de los servicios de orientación jurídica no se admitirán nuevas incorporaciones durante el resto del año, salvo, excepcionalmente, las que se estimen necesarias para cubrir las bajas que se produzcan.

          En cualquier caso la Junta de Gobierno designará libremente y previa propuesta de la Comisión del Turno y Servicios de Orientación Jurídica a los Coordinadores de cada uno de los servicios, a los 5 Letrados Tramitadores del Servicio de Orientación Jurídica y a los 9 Letrados Consultores del Servicio de Asistencia y Orientación Jurídica para Inmigrantes.

          Los boletines de inscripción que se adjuntan deberán remitirse al Colegio o bien presentarse directamente en el Departamento del Turno de Oficio (6ª. planta) cuanto antes y en todo caso antes de las 21’00 horas del lunes 15 de noviembre. Recomendamos leer con atención el Boletín y los compromisos que se adquieren con su firma y cumplimentar todos los datos que se piden. Recordamos especialmente que la adscripción al Turno de Oficio y Asistencia al Detenido y a cualquiera de los servicios de orientación jurídica es voluntaria y que quien la solicita adquiere el compromiso de permanecer en el servicio de que se trate durante todo el año 2000.
 


SEMINARIO DE JURISPRUDENCIA CIVIL ARAGONESA

          Nos comunica la Sección de Derecho Civil Aragonés que el próximo 26 de octubre, martes, a las 19’30 horas, tendrá lugar una sesión de los seminarios de Jurisprudencia Civil Aragonesa en la que será comentada la sentencia del Tribunal Superior de Justicia de Aragón de 13 de septiembre de 1999. Serán los Ponentes Don Javier Delgado Echevarría, Catedrático de Derecho Civil, y Don Francisco Javier Fernández Urzainqui, Magistrado del Tribunal Superior de Justicia de Navarra.

          Esta sesión tiene carácter extraordinario y en ella don Francisco Javier Fernández Urzainqui expondrá sobre “La situación actual y perspectivas de futuro de la casación foral”. Por tal motivo se comunica a todos los colegiados para que asista quien lo desee. La sentencia, objeto de estudio se encuentra en el Colegio a disposición de los interesados.

          Un cordial saludo.

EL DECANO




 


SERVICIO DE TURNO DE OFICIO Y ASISTENCIA AL DETENIDO
DEL REAL E ILUSTRE COLEGIO DE ABOGADOS DE ZARAGOZA
 
 

SERVICIO DEL TURNO DE OFICIO

          El Turno de Oficio se compone de 9 listas, en cada una de las cuales se turnan los asuntos que jurisdiccionalmente le corresponden, siguiendo el orden estricto de los Abogados que figuran adscritos a dicha lista. Los interesados pueden adscribirse a todas las listas o sólo a las que estimen más relacionadas con su actividad profesional habitual, comunicándose por el Colegio al despacho del Abogado los turnos que le van siendo asignados.

          Excepción a esta regla son las siguientes listas:

  • Penal General, unida obligatoriamente a la de Asistencia al Detenido.

  •  
  • Extranjería, que obliga a apuntarse también en Asistencia al Detenido y en Administrativo y a realizar un cursillo de puesta al día en legislación de extranjería.

  •  
  • Penitenciario, la adscripción a la cual está condicionada a pertenecer también al Servicio de Orientación Penitenciaria y a realizar un cursillo específico de puesta al día en legislación penitenciaria.

  •  
  • Menores, la adscripción a la cual requiere la realización de un cursillo específico de especialización en legislación de menores.
  •           No existe limitación en el número de adscritos y el Servicio es compatible con la pertenencia a cualquiera de los Servicios de Orientación Jurídica.

              El Servicio es coordinado directamente por el Diputado de la Junta de Gobierno responsable del Turno de Oficio, con apoyo de la Comisión de Turnos, y con sujeción al Reglamento de los Turnos de Oficio aprobado por la Junta de Gobierno en su sesión de 27 de junio de 1995 y normas concordantes, adaptado a la Ley 1/1996, de 10 de enero sobre Asistencia Jurídica Gratuita. La pertenencia al mismo implica la obligación de informar sobre las pretensiones de insostenibilidad del art. 32 de la Ley que se asignen y la asunción de la defensa por turno de dicho asunto por el Abogado que ha emitido el informe, si dicho informe es favorable a la pretensión.
     
     

    SERVICIO DE ASISTENCIA AL DETENIDO

              El Servicio funciona de forma distinta según se trate del Partido Judicial de Zaragoza o de alguno de los 6 partidos judiciales existentes en la provincia.
     


    Partido Judicial de Zaragoza

              Los Abogados inscritos están organizados en grupos de 5, prestando cada grupo una guardia de veinticuatro horas seguidas, de las 14 horas de un día hasta las 14 horas del siguiente.

              Los grupos se conforman con cuatro Abogados de Penal General y uno de Penal Especial. De los cuatro Abogados de penal general, dos de ellos se seleccionan de entre los que además pertenecen a las listas de Menores y Extranjería respectivamente. La finalidad es prever que haya que atender también asistencias en dichas materias y asegurar la posterior asignación del Turno de Oficio al mismo Abogado que prestó la asistencia.

              Como novedad en la organización, vamos a tratar de recuperar el jefe de guardia, que existió hasta 1995 y que tan útil resultaba a efectos de solucionar los problemas que surgían durante la misma. El motivo de la supresión en su día fue porque la actual normativa no permite incluir en los Grupos de Guardia Abogados que no realicen asistencias. Para conjugar esta exigencia con nuestros objetivos, la jefatura de guardia la ostentará el Letrado de Penal Especial, quien únicamente deberá prestar las asistencias de esta materia específica. El resto de los componentes del grupo, los otros cuatro abogados, atenderán las asistencias generales que se requieran, sin perjuicio de pasar al Abogado de la lista menores o extranjería la asistencia especializada que pudiera presentarse.

              Será obligación del jefe de guardia, además de atender las asistencias de penal especial que se soliciten, tener el móvil de localización permanentemente activado durante toda la guardia y distribuir entre los componentes de la misma las solicitudes de asistencia que reciba. Dicha distribución la hará a ser posible siguiendo el orden asignado en el grupo, pero pudiendo resolver según su criterio y atendiendo a las circunstancias de cada solicitud de asistencia. Será también función del jefe de guardia resolver cuantas dudas o incidencias puedan plantearse durante el transcurso de la guardia, poniendo en conocimiento de las mismas a la Comisión del Turno de Oficio.

            Los Abogados inscritos en estas listas cubren en caso de necesidad la totalidad de la provincia de Zaragoza.

              Como segunda novedad, vamos posiblemente a sustituir los buscas por teléfonos móviles para los jefes de guardia, debiendo estar el resto de los componentes del grupo localizables permanentemente durante toda la guardia, en un teléfono móvil o fijo, cuyo número deberán especificar en el boletín de adscripción junto a la casilla de la lista número 3, debiendo poner en conocimiento del Departamento del Turno de Oficio cualquier modificación en dicho número por lo menos con 48 horas de antelación al inicio de la guardia.

              Las guardias se abonan a razón de ___.- pesetas diarias con independencia del número de asistencias. Las asistencias en el Juzgado de Guardia quedan incluidas en la retribución del Turno de Oficio subsiguiente, o bien se pagan a razón de ___.- pesetas por asistencia caso de que se archive el asunto sin ulteriores actuaciones y así se le haga saber al Colegio por el Abogado.
     


    Partidos Judiciales de la Provincia

              El Servicio de Asistencia al Detenido en los partidos judiciales de Calatayud, Caspe, La Almunia, Daroca, Ejea de los Caballeros y Tarazona, se realizará por Abogados residentes en dichos partidos si hubiera suficientes inscripciones. En dichos partidos, al no darse el número mínimo de asistencias anuales que exige el Consejo General de la Abogacía para crear turnos de guardia de 24 horas, el Servicio se retribuye por el criterio de asistencias, a razón de ___.- pesetas por asistencia.

              Teniendo en cuenta que los partidos se organizan según sus necesidades, pero que lo normal es que los Abogados se turnen estando a disposición con periodicidad semanal, podría darse el caso de que durante uno de dichos períodos no se produjeran asistencias y que por consiguiente no se retribuyera esa disponibilidad. Para evitar dicha situación, el Colegio garantizará que cada Abogado perciba semestralmente el importe resultante de multiplicar ___.- pesetas por el número de semanas que haya estado de guardia, completando la diferencia de dicho importe, si el mismo no se alcanzara con el total de asistencias prestadas por el Abogado en el mismo semestre.
     
     

    SERVICIOS DE ORIENTACIÓN JURÍDICA
    DEL REAL E ILUSTRE COLEGIO DE ABOGADOS DE ZARAGOZA
     
     

    SERVICIO DE ORIENTACIÓN JURÍDICA
    S.O.J.

    Plazas convocadas: 42

              El Servicio se presta en una doble modalidad.

              De una parte es fruto de un Convenio tripartito suscrito por el Real e Ilustre Colegio de Abogados de Zaragoza, el Tribunal Superior de Justicia de Aragón y la Diputación General de Aragón el 25 de febrero de 1991, con carácter bianual y sucesivamente renovado. En virtud de dicho Convenio, la Diputación General de Aragón financia el funcionamiento del Servicio que se prestará por 40 Abogados Consultores del Colegio en una dependencia de los Juzgados, habiéndose reducido el número de plazas con la finalidad de mejorar el funcionamiento del servicio.

              El objeto del Servicio es orientar y encauzar las consultas verbales de los ciudadanos que precisan realizar alguna actuación ante los órganos jurisdiccionales o administrativos, orientándoles hacia el órgano, entidad o persona competentes para atender o resolver la cuestión de fondo, quedando excluida la tramitación del asunto o evacuar las consultas verbales sobre el fondo de la materia, salvo las necesarias para la cumplimentación de los impresos de solicitud de asistencia jurídica gratuita, o para hacer ver al solicitante la absoluta falta de fundamento de su pretensión.

              De otra parte el Servicio de Orientación Jurídica lo componen asimismo cinco Abogados Tramitadores que con cargo a los gastos de infraestructura del Turno de Oficio han de estudiar e informar las solicitudes de asistencia jurídica gratuita conforme a lo previsto en la Ley 1/1996, de 10 de enero. Para optar a ser Abogado Tramitador hay que tener un mínimo de 5 años de experiencia profesional, debiendo presentar quienes lo soliciten al mismo tiempo un curriculum relacionado con el S.O.J., el Turno de Oficio y la colaboración con el Colegio de Abogados.

              Tanto Abogados Consultores como Tramitadores prestan el servicio en las dependencias del Servicio de Orientación Jurídica en los Juzgados, de lunes a viernes de 9’30 a 13’30 horas. A efectos de una correcta coordinación, los 40 Abogados consultores se distribuyen en 5 grupos de 8, prestando servicio los integrantes de cada grupo un día fijo de la semana coordinados con el Abogado Tramitador que presta su servicio ese mismo día.

              Para el año 2000 se convocan 40 plazas de Abogados Consultores y 2 de Abogados Tramitadores, completándose el Servicio con 3 de los Abogados Tramitadores actuales que permanecerán en el mismo, para garantizar la correcta coordinación de un año a otro. La designación de todos los tramitadores se realizará libremente por la Junta de Gobierno a propuesta de la Comisión de Turno de Oficio y Servicios de Orientación Jurídica.

              Para seleccionar a los Letrados consultores integrantes del Servicio en el supuesto de que se presenten más solicitudes que plazas convocadas, se efectuará un sorteo entre todos los aspirantes con arreglo a los criterios que se comunicarán en su momento a la vez que se convoca para el mismo.

              En cualquier caso, tanto las listas de seleccionados y excluidos, como el sorteo en su caso, serán públicos y abiertos a todos los colegiados.

              El número de plazas convocadas permite calcular que hayan de prestar un servicio cada dos meses aproximadamente por los Abogados Consultores y uno semanal los Tramitadores.

              El Servicio contará con un coordinador de la Junta de Gobierno, quien podrá convocar a los Abogados adscritos a reuniones de coordinación, que serán de asistencia obligatoria.
     
     

    SERVICIO DE ASISTENCIA Y ORIENTACIÓN JURÍDICA PARA INMIGRANTES
    S.A.O.J.I.

    Plazas convocadas: 59

              El Servicio es fruto de un Convenio suscrito por el Real e Ilustre Colegio de Abogados de Zaragoza y el Instituto Aragonés de Servicios Sociales de la Diputación General de Aragón, el 7 de diciembre de 1992, renovado y ampliado a partir de 1994 a los Colegios de Abogados de Huesca y Teruel.

              En virtud de dicho Convenio, la Diputación General de Aragón financia el Servicio, que se presta por Abogados del Colegio en una doble modalidad de intervención: 9 Abogados Consultores, que realizan su actividad en dependencias de la Casa de las Culturas del Excelentísimo Ayuntamiento, y 50 Abogados Tramitadores, que prestan el servicio desde sus propios despachos.

              El Servicio de Consultores se presta tres días a la semana, lunes, miércoles y viernes, de 16’30 a 19’30 horas. Los Abogados Tramitadores están de guardia, en idéntico horario, un día con la periodicidad que de su número resulte, durante el cual han de estar localizables por parte del Abogado Consultor, a fin de que les pueda remitir aquellos asuntos cuya tramitación haya de llevarse a cabo.

              El objeto del Servicio es garantizar a los inmigrantes la asistencia y orientación jurídica necesarias y la inmediata intervención profesional si procede, en orden a salvaguardar los derechos que les reconoce el Estado Español.

              El número de plazas convocado permite calcular que se haya de prestar un servicio previsible cada tres semanas los Consultores y cada dos meses los Tramitadores.

              Para seleccionar a los Letrados tramitadores integrantes del Servicio y a la vista del número de solicitudes recibidas, la Comisión del Turno de Oficio y Servicios de Orientación Jurídica fijará si lo estima necesario un plazo para que los solicitantes puedan aportar un curriculum profesional y de méritos específicos en la materia propia del Servicio y a la vista de los mismos seleccionará a quienes considere a su juicio más idóneos para la prestación del Servicio. No obstante, si lo considera oportuno, la Comisión podrá sustituir dicho proceso de selección por experiencia y méritos por un sorteo entre todos los aspirantes. Tanto los criterios de valoración como los aplicables al sorteo se comunicarán en su momento a los interesados sin perjuicio de hacerse públicos. En cualquier caso, tanto las listas de seleccionados y excluidos, como el sorteo en su caso, serán públicos y abiertos a todos los colegiados.

              La designación de los 9 Letrados consultores se realizará libremente por la Junta de Gobierno a propuesta de la Comisión de Turno de Oficio y Servicios de Orientación Jurídica.

              El Servicio contará con un coordinador nombrado directamente por la Junta de Gobierno, quien podrá convocar a los Abogados adscritos a reuniones de coordinación, que serán de asistencia obligatoria.

              Un cursillo específico sobre las condiciones del Servicio se realizará antes de comenzar el mismo, siendo la asistencia obligatoria para los nuevos adscritos al mismo.
     
     

    SERVICIO DE ASISTENCIA Y ORIENTACIÓN JURÍDICA A LA MUJER
    S.A.M. (D.G.A.)

    Plazas convocadas: 50

              El Servicio es fruto de un Convenio suscrito entre el Real e Ilustre Colegio de Abogados de Zaragoza y el Instituto Aragonés de la Mujer, de la Diputación General de Aragón, suscrito el 1 de junio de 1993 y renovado anualmente.

              El Servicio se presta por Abogados del Colegio. En Zaragoza, de lunes a jueves en las dependencias del Instituto Aragonés de la Mujer en horas de 16’30 a 19’30; y en la ciudad de Caspe, en el Ayuntamiento, miércoles alternos de 16 a 19 horas.

              El objeto del Servicio es doble:

             a) Prestar asistencia y asesoramiento a las mujeres que lo solicitan a través del Instituto Aragonés de la Mujer, sobre los medios y cauces adecuados para hacer valer sus derechos, especialmente en situaciones de malos tratos u otras que dejan en patente indefensión a la víctima, sin que los Abogados que prestan el Servicio puedan asumir ni directa ni indirectamente, la defensa jurídica del asunto de fondo, que deberá encargarse a Abogado de libre designación o del Turno de Oficio en su caso.

             b) Impartir charlas, sobre temas que afecten directa o indirectamente a las mujeres, en aquellas poblaciones o asociaciones o centros que estén interesados y nos lo hagan saber a través de la Diputación General de Aragón.

              Igualmente existe un Servicio de Guardia, destinado a atender a las mujeres que hayan sido objeto de agresión sexual o maltrato físico y precisen ser acompañadas a fin de presentar la denuncia, dirigirse a un hospital, así como para facilitarles orientación y asistencia, en los primeros trámites.

              El servicio de guardia tiene una duración semanal y los Abogados de guardia deben estar localizables en todo momento para lo cual se les entrega un teléfono móvil, que deben recoger en el Colegio de Abogados antes de comenzar su guardia y devolverlo al finalizarla.

              Los Abogados que además de realizar el servicio en Zaragoza estén interesados en desplazarse a Caspe y/o atender el servicio de guardia deben comunicarlo expresamente.

              Con independencia de la retribución con arreglo a los criterios generales de los Servicios y charlas que se presten, para sufragar los gastos del desplazamiento a Caspe en su caso, se abonarán 10.000.- pesetas por desplazamiento por parte del Ayuntamiento de dicha ciudad.

              Para seleccionar a los integrantes del Servicio, la Comisión del Turno de Oficio y Servicios de Orientación Jurídica tendrá en cuenta el curriculum profesional y los méritos específicos en la materia que el solicitante deberá aportar junto con el boletín de adscripción, seleccionando a quienes considere a su juicio más idóneos para la prestación del Servicio. No obstante, si lo considera oportuno, la Comisión podrá sustituir dicho proceso de selección por experiencia y méritos por un sorteo entre todos los aspirantes. Tanto los criterios de valoración como los aplicables al sorteo se comunicarán en su momento a los interesados sin perjuicio de hacerse públicos. En cualquier caso, tanto las listas de seleccionados y excluidos, como el sorteo en su caso, serán públicos y abiertos a todos los colegiados.

              El Servicio contará con un coordinador o coordinadora nombrado/a directamente por la Junta de Gobierno, quien podrá convocar a los Abogados adscritos a reuniones de coordinación, que serán de asistencia obligatoria.
     
     

    SERVICIO DE ORIENTACIÓN PENITENCIARIA
    S.O.P.

    Plazas convocadas: 32

              El Servicio de Orientación Penitenciaria es una iniciativa del Real e Ilustre Colegio de Abogados de Zaragoza y el Ministerio de Justicia, que es prestado por Abogados del Colegio de Zaragoza, en dependencias facilitadas por el Ministerio en los Centros Penitenciarios existentes en la provincia y financiado por la Diputación Provincial de Zaragoza.

              El objeto del Servicio es facilitar a los internos en los Centros penitenciarios de Zaragoza y Daroca, información, orientación y asistencia sobre la legislación penitenciaria, cumplimiento de penas, acceso al Turno de Oficio y derechos en general de los internos. La prestación del Servicio se realiza en los propios Centros con una duración prevista de dos horas por prestación y una frecuencia semanal, siendo a cargo del Servicio los gastos de desplazamiento Daroca.(4.250.- pesetas por viaje desde Zaragoza).

              El número de plazas convocadas permite calcular que se haya de prestar un servicio cada dos meses aproximadamente.

              Para seleccionar a los integrantes del Servicio, la Comisión del Turno de Oficio y Servicios de Orientación Jurídica tendrá en cuenta el curriculum profesional y los méritos específicos en materia penitenciaria del solicitante, que éste deberá aportar junto con el boletín de adscripción, seleccionando a quienes considere a su juicio más idóneos para la prestación del Servicio. No obstante, si lo considera oportuno, la Comisión podrá sustituir dicho proceso de selección por experiencia y méritos por un sorteo entre todos los aspirantes. Tanto los criterios de valoración como los aplicables al sorteo se comunicarán en su momento a los interesados sin perjuicio de hacerse públicos. En cualquier caso, tanto las listas de seleccionados y excluidos, como el sorteo en su caso, serán públicos y abiertos a todos los colegiados.

              Los Letrados seleccionados, antes de comenzar a prestar el Servicio deberán asistir a un cursillo específico sobre la legislación penitenciaria.

              El Servicio contará con un coordinador nombrado directamente por la Junta de Gobierno, quien podrá convocar a los Abogados adscritos a reuniones de coordinación, que serán de asistencia obligatoria.
     
     

    SERVICIO DE ASISTENCIA Y ORIENTACIÓN JURÍDICA A LA MUJER
    S.A.MU. (AYUNTAMIENTO)

    Plazas convocadas: 10

              El Servicio es fruto de un Convenio suscrito entre el Real e Ilustre Colegio de Abogados de Zaragoza y el Excelentísimo Ayuntamiento de Zaragoza, suscrito el 9 de junio de 1999.

              El Servicio se presta por Abogados del Colegio. En Zaragoza, de lunes a viernes en las dependencias de la Casa de la Mujer (c/ D. Juan de Aragón), en horas de 9 a 14 horas, excepto en el mes de agosto en que se limitará a un día a la semana.

              El objetivo del servicio es prestar orientación jurídica a mujeres en los campos de Derecho de Familia, Sucesiones, Social, Seguridad Social y Fiscal, extendiéndose la orientación a informar sobre la forma y trámites necesarios para obtener la asistencia jurídica gratuita, y en su caso la designación de Abogado y Procurador por el Turno de Oficio.

              De los diez letrados que entrarán en servicio todos ellos deberán poder orientar en materia de Derecho de Familia y además cuatro lo harán de forma específica y en días prefijados en cada una de las cuatro restantes materias, Sucesiones, Social, Seguridad Social y Fiscal.

              Para seleccionar a los integrantes del Servicio, la Comisión del Turno de Oficio y Servicios de Orientación Jurídica tendrá en cuenta el curriculum profesional y los méritos específicos en la materia concreta a la que se quiera optar, que se deberá especificar en el boletín de adscripción, y que el solicitante deberá aportar junto con éste, seleccionando a quienes considere a su juicio más idóneos para la prestación del Servicio. No obstante, si lo considera oportuno, la Comisión podrá sustituir dicho proceso de selección por experiencia y méritos por un sorteo entre todos los aspirantes. Tanto los criterios de valoración como los aplicables al sorteo se comunicarán en su momento a los interesados sin perjuicio de hacerse públicos. En cualquier caso, tanto las listas de seleccionados y excluidos, como el sorteo en su caso, serán públicos y abiertos a todos los colegiados.

              El Servicio contará con un coordinador o coordinadora nombrado/a directamente por la Junta de Gobierno, quien podrá convocar a los Abogados adscritos a reuniones de coordinación, que serán de asistencia obligatoria.
     
     

    SERVICIO DE ASISTENCIA Y ORIENTACIÓN JURÍDICA AL MENOR
    S.A.ME.

    Plazas convocadas: 20

              El Servicio es fruto de un Convenio suscrito entre el Real e Ilustre Colegio de Abogados de Zaragoza y el Excelentísimo Ayuntamiento de Zaragoza, suscrito el 9 de junio de 1999.

              El Servicio se presta por Abogados del Colegio. En Zaragoza, de lunes a jueves en las dependencias de la Casa de la Mujer (c/ D. Juan de Aragón), en horas de 16’30 a 19’30 horas, excepto en el mes de agosto en que se limitará a un día a la semana.

              El objetivo del servicio es prestar asistencia jurídica a menores de cara a garantizarles la protección y ejercicio de sus derechos y facilitarles la tramitación administrativa y judicial derivada de dicha asesoría.

              Existirá también un Servicio de Guardia, destinado a facilitar a los menores y a sus representantes atención urgente inmediata y la necesaria coordinación con el resto de agentes e instituciones necesarias para garantizar la debida protección de los derechos del menor.

              El servicio de guardia tiene una duración semanal y los Abogados de guardia deben estar localizables en todo momento para lo cual se les entrega un teléfono móvil, que deben recoger en el Colegio de Abogados antes de comenzar su guardia y devolverlo al finalizarla.

              El objetivo final del Convenio es conseguir garantizar la asistencia y defensa íntegra al menor, fusionándose con el turno de asistencia a menores, con el que se colaborará de forma estrecha hasta que tal fusión sea factible. Para hacerlo posible, se creará un cuerpo de Letrados especializados en profundidad en la legislación de menores, a cuyos efectos y de cara a la convocatoria para el año 2001, se convocará un curso de especialización abierto a todos los interesados que se comunicará a todos los interesados.

              Para seleccionar a los integrantes del Servicio, la Comisión del Turno de Oficio y Servicios de Orientación Jurídica tendrá en cuenta el curriculum profesional y los méritos específicos en la materia que el solicitante deberá aportar junto con el boletín de adscripción, seleccionando a quienes considere a su juicio más idóneos para la prestación del Servicio. No obstante, si lo considera oportuno, la Comisión podrá sustituir dicho proceso de selección por experiencia y méritos por un sorteo entre todos los aspirantes. Tanto los criterios de valoración como los aplicables al sorteo se comunicarán en su momento a los interesados sin perjuicio de hacerse públicos. En cualquier caso, tanto las listas de seleccionados y excluidos, como el sorteo en su caso, serán públicos y abiertos a todos los colegiados.

              Los Letrados seleccionados, antes de comenzar a prestar el Servicio deberán asistir a un cursillo específico sobre la legislación de menores.

              El Servicio contará con un coordinador o coordinadora nombrado/a directamente por la Junta de Gobierno, quien podrá convocar a los Abogados adscritos a reuniones de coordinación, que serán de asistencia obligatoria.