AGENCIA TRIBUTARIA Departamento de Organización, Planificación y Relaciones Institucionales Madrid, marzo de 2001. La Agencia Tributaria, en su afán por prestar un servicio público de la mayor calidad, ha apostado decididamente por el desarrollo y utilización de las nuevas tecnologías en la gestión tributaria en general y en la presentación de declaraciones tributarias en particular. Por ello, la Agencia Tributaria viene impulsando en los últimos años la firma de convenios de colaboración con entidades como la que usted representa, que facilitan la tramitación de dichas declaraciones en representación de terceros a través de Internet. En el marco de esa colaboración, la Agencia Tributaria mantiene un permanente esfuerzo por mejorar, agilizar y simplificar los trámites a realizar por los colaboradores sociales para la presentación telemática de declaraciones tributarias. Así, me complace informarle de las novedades más importantes que se han puesto en marcha en ese sentido. En primer lugar y tras las últimas normas aprobadas, se ha extendido el sistema de presentación telemática de declaraciones tributarias en representación de terceras personas a nuevos modelos de declaración y comunicación. Además, se han introducido mejoras en el procedimiento de presentación telemática que van a permitir transmitir las declaraciones de una forma más ágil y sencilla. Y así, ya es posible transmitir telemáticamente de una sola vez las declaraciones correspondientes a varios contribuyentes, sin necesidad de realizar el envío de forma individualizada para cada uno de ellos. Asimismo, se está impulsando la implantación de sistemas de pago por banca telemática y banca a distancia que eviten el desplazamiento a la oficina bancaria para obtener el NRC (Número de Referencia Completo). Adjunto a esta carta se remite detallada información sobre cada una de estas novedades con el ruego de que le dé la máxima difusión posible entre los miembros de la entidad a la que representa. Asimismo, aprovecho para manifestarle nuestra plena disposición a resolver cuantas dudas puedan surgir a sus asociados en relación con la documentación que le envío, dudas que por razón de agilidad y organización deberían ser canalizadas a través de esa entidad. Por último, con el fin de agilizar la adhesión de los profesionales colegiados o asociados al convenio para poder realizar la presentación de declaraciones en representación de terceros, se ha modificado el procedimiento de envío a la Agencia Tributaria de los datos identificativos de los mismos y de comunicación de altas y bajas. Es necesario mantener actualizados estos datos en aras de un perfecto funcionamiento del sistema.
Atentamente,
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Tras las últimas normas aprobadas, las entidades que hayan celebrado
un convenio de colaboración con la Agencia Tributaria y sus profesionales
asociados o colegiados que hayan suscrito un documento individualizado
de adhesión al contenido del convenio, podrán presentar en
representación de terceros los siguientes modelos de declaración
y comunicación, sin necesidad de formalizar ningún otro documento
adicional.
Destaca como novedad más importante la extensión del sistema de presentación telemática a los modelos de solicitud de devolución (modelo 104) y de comunicación de datos adicionales (modelo 105) correspondientes a los contribuyentes no obligados a declarar por el Impuesto sobre la Renta de las Personas Físicas. El plazo de presentación será el comprendido entre el 1 de marzo y el 17 de abril de 2001.
Próximamente, y en la medida en que la normativa reguladora así
lo establezca, se extenderá esta posibilidad de presentación
por vía telemática a otras declaraciones.
Con el fin de facilitar y hacer más ágil el procedimiento de presentación telemática de declaraciones en representación de terceros, recientemente se han introducido una serie de novedades en este sistema de presentación: Obtención del justificante de ingreso (NRC) sin necesidad de desplazamiento a la oficina bancaria. Para poder presentar declaraciones a través de Internet, es necesario acreditar que se ha realizado el ingreso correspondiente en una entidad colaboradora (prácticamente todos los Bancos, Cajas de Ahorro y Cooperativas de Crédito). Dicha entidad asignará un Número de Referencia Completo (NRC) asociado al ingreso efectuado. Con el fin de evitar desplazamientos a las oficinas de dichas entidades financieras es posible realizar el ingreso por vía telemática, si el banco o caja dispone de este servicio (1), o bien por medio de un sistema de "banca a distancia" que no exige mantener una cuenta abierta a través de Internet. (1) Entrando en las páginas de ayuda para la presentación telemática de declaraciones existentes en la página web de la Agencia Tributaria, encontrará una lista de entidades colaboradoras que permiten el pago por vía telemática. Con este nuevo sistema el presentador se pondrá en comunicación con la entidad financiera a través de una aplicación informática de Banca a distancia y comunicará, para cada declaración, los datos del modelo, periodo, ejercicio, importe y código de cuenta, dando orden a la entidad financiera para que proceda a abonar en el Tesoro las cantidades resultantes de las declaraciones que se vayan a presentar. La entidad bancaria generará el justificante de ingreso (NRC) que transmitirá al presentador a través de una aplicación informática. Para ello será necesario, por tanto, que el presentador de las declaraciones y la entidad financiera dispongan del correspondiente software. Quedará en el ámbito de las relaciones privadas entre el presentador autorizado y las entidades financieras la forma en que se produzca el cargo de las cantidades abonadas en la cuenta del Tesoro. Presentación de declaraciones por lotes. Envío diferido. A partir del 1 de enero de 2001 las personas autorizadas a presentar por vía telemática declaraciones en representación de terceros, podrán presentar todas las declaraciones correspondientes a un mismo modelo de forma conjunta y automática. De esta manera, será posible transmitir de una sola vez las declaraciones correspondientes a varios contribuyentes, sin necesidad de realizar el envío de forma individualizada para cada uno de ellos. Para ello es necesario que el presentador disponga del correspondiente software que permita grabar las declaraciones a transmitir en un fichero. Asimismo, se deberán almacenar en otro fichero los correspondientes justificantes de ingreso (NRC). Las especificaciones técnicas que han de reunir los citados ficheros se pueden consultar en las páginas de ayuda para "Presentación telemática de declaraciones" de la página web de la Agencia Tributaria (http://aeat.es), dentro de la opción "Presentaciones por lotes". El presentador, a la hora de realizar la transmisión telemática de las declaraciones, únicamente deberá seleccionar la opción de "Presentaciones por lotes" e indicar el nombre de los ficheros a transmitir y su certificado de usuario. Una vez pulsado el botón de "enviar declaraciones" se desencadenará un proceso automático de envío de todas las declaraciones. Finalizada la transmisión, se mostrará el resumen del proceso y la lista de todas las respuestas (declaraciones leídas, aceptadas, rechazadas, etc.). Asimismo, para una mayor comodidad en la transmisión de todas las declaraciones de terceros, es posible diferir su envío a un momento posterior. Basta con indicar la hora y minuto en el que se desea que comience la transmisión y desconectarse de Internet manteniendo el navegador arrancado. Llegado el momento el sistema se volverá a conectar automáticamente y se realizará el envío de las declaraciones. Finalizada la transmisión el sistema se desconectará de nuevo.
Para obtener una información más detallada del procedimiento
a seguir en este sistema de presentación por lotes, se pueden consultar
las páginas de ayuda para la "Presentación telemática
de declaraciones" de nuestra página web (http://aeat.es),
dentro de la opción "Presentaciones por lotes". En la misma encontrará
un sistema que permite realizar una simulación
de envío por lotes de declaraciones del modelo 110 y
del modelo 190 desde el puesto del presentador.
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