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Circular 16/2010 de 21 de abril
 
 
NUEVA PÓLIZA DE RESPONSABILIDAD CIVIL

          El día 30 del próximo mes de junio vence la póliza de responsabilidad profesional que el Colegio tiene suscrita desde hace dos años con la Compañía ARCH DUAL por mediación de la correduría AON Services a través del Consejo General de la Abogacía Española.

          Con antelación suficiente al vencimiento, la Junta de Gobierno decidió examinar otras posibles ofertas que pudieran resultar más favorables y finalmente, estudiadas las varias recibidas, incluida la de renovación con ARCH DUAL, la Junta de Gobierno se ha inclinado por suscribir una nueva póliza para los próximos dos años con la Compañía CASER, que entendemos resulta, globalmente considerada, la más beneficiosa para los colegiados y el Colegio.

          En definitiva, a partir del 1 de julio de 2010 y por un período de 2 años, hasta el 30 de junio de 2012, los abogados en ejercicio del Colegio de Zaragoza tendrán cubierta la responsabilidad civil con la compañía CASER, por mediación de Joaquín Moné Foz, Correduría de Seguros S.L.. CASER es una de las más importantes compañías españolas en cobertura de responsabilidad civil profesional, con la que tienen asegurada su responsabilidad civil medio centenar de Colegios de Abogados.

          Cobertura general

          La nueva póliza incrementa la actual cobertura de 600.000 euros, hasta los 650.000 y ello con una prima incluso inferior a la actual, que es de 194,70 euros anuales, y que a partir del 1 de julio pasará a ser de 174,94 euros, es decir con una reducción del 10,15%. Durante el segundo año de vigencia, desde el 1 de julio de 2011 y hasta el 30 de junio de 2012, la prima anual será de 180 euros. La nueva prima se pasará al cobro en los meses de julio y enero, mediante recibos semestrales de 87,47 euros en julio 2010 y enero 2011 y de 90 euros en julio 2011 y enero 2012.

          La nueva póliza presenta interesantes novedades, por lo que recomendamos su atenta lectura una vez que la colguemos en la web del Colegio, de lo que informaremos oportunamente. No obstante podemos adelantar que incorpora la cobertura gratuita para los nuevos colegiados durante su primer año de ejercicio, que incluye la actividad de los abogados como contador partidor y perito judicial, que admite la libre designación de abogado y procurador sea cual sea el importe de la cuantía reclamada y que incluye en su ámbito de vigencia al Principado de Andorra, hasta ahora excluido por no formar parte de la Unión Europea.

          La póliza de R.C. lleva además adherida una póliza de accidentes de cualquier índole, con un capital de 30.000 euros en caso de fallecimiento o invalidez permanente absoluta.

          Segundas capas

          La nueva póliza contempla también la posibilidad de contratar ampliaciones sobre el principal asegurado, que recordamos es de 650.000 euros. Siendo las primas de dichas ampliaciones, para los dos años de vigencia de la póliza, las siguientes:

                    Primer año:
          Ampliación de    150.000 euros más ... ... ... 136,00 euros anuales.
          Ampliación de 1.100.000 euros más ... ... ... 280,00 euros anuales.
          Ampliación de 2.850.000 euros más ... ... ... 690,00 euros anuales.

                    Segundo año:
          Ampliación de    150.000 euros más ... ... ... 140,08 euros anuales.
          Ampliación de 1.100.000 euros más ... ... ... 288,40 euros anuales.
          Ampliación de 2.850.000 euros más ... ... ... 710,70 euros anuales.

          Siempre sin perjuicio de poder negociar con la Compañía ampliaciones superiores quien estuviera interesado en ello.

          La extinción de la póliza general suscrita con ARCH DUAL debe suponer la extinción automática de las segundas capas contratadas individualmente, que podrán ser contratadas con la nueva Compañía, CASER. No obstante y para evitar problemas, recomendamos a quienes tengan suscritas segundas capas, que las denuncien antes del 30 de abril, con 2 meses de antelación al vencimiento de la póliza general el 30 de junio, y en todo caso con la antelación suficiente al vencimiento de la fecha en que contrataron la ampliación.

          Así mismo y para que la cobertura no tenga interrupción, deberán remitir fax o correo electrónico a Joaquín Moné Correduría de Seguros S.L. (fax 976 239 259, tfno. 976 238 618 y correo electrónico seguros@joaquinmone.com) antes del 30 de junio, indicando su deseo de contratar una segunda capa, especificando el importe de los tres ofertados o su deseo de negociar uno superior.

          Recordatorios

          Recordamos que tener cubierta la responsabilidad civil es una obligación profesional cuyo incumplimiento se tipifica como infracción disciplinaria por el Código Deontológico y que la contratación de una póliza colectiva es un acuerdo de Junta General que vincula y obliga a todos los colegiados. No obstante, el objetivo de tener la responsabilidad cubierta se cumple si se cuenta ya con una póliza distinta a la contratada por el Colegio con una cobertura idéntica, superior o razonable si es inferior. Quienes estén en esta situación deben enviar al Colegio antes del 1 de julio fotocopia de su póliza, certificación de cobertura o recibo acreditando tener cubierto el presente año con la finalidad de no emitirles el recibo semestral.

          En cuanto a los colegiados en ejercicio no residentes, deberán remitir justificación de su Colegio de residencia de tener cubierta la Responsabilidad Civil y por qué importe y no se les pasará recibo alguno, para evitarles una duplicidad de gasto innecesaria.

          Un cordial saludo.
 
 
 

EL DECANO
J. Ignacio Gutiérrez Arrudi