Recordamos que en 2015 hay alguna modificación en las retenciones a cuenta del IRPF que deben practicarse en las minutas de los abogados, por disposición de la Ley 26/2014, de 27 de noviembre, BOE del 28, que modifica la Ley 35/2006, de 28 de noviembre, reguladora del IRPF. La retención normal para las minutas emitidas a partir del 1 de enero de 2015 será del 19% (y pasará a ser del 18% a partir del 1 de enero de 2016). Quienes se encuentren en su primer año de ejercicio profesional, deberán practicar una retención reducida del 9% durante todo 2015 y 2016. Quienes hayan tenido rendimiento íntegros por sus actividades profesionales en el ejercicio anterior, inferiores a 15.000 euros, tendrán una retención del 15% durante 2015 y 2016.
En cualquier caso, es recomendable leer el portal sobre Novedades
de Interés que figura en la página web de
la Agencia Tributaria.
Por su evidente interés, adjuntamos la información sobre diversas consultas resueltas por la Agencia Estatal Tributaria en materia de IVA y deducciones que publicó el Diario Expansión en su edición del 29 de diciembre de 2014.
Un cordial y afectuoso saludo.
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