El B.O.E. del 3 de julio publicó la Ley 15/2015, de 2 de julio, de la Jurisdicción Voluntaria, que entrará en vigor el próximo día 23 de julio.
La citada Ley afecta a bastantes normas vigentes y la Disposición
final vigésimo primera establece diferentes fechas de entrada en
vigor, así que hemos considerado oportuno incluir un cuadro resumen
para facilitar la labor de consulta.
Adopción. Las disposiciones
del Capítulo III del Título II, reguladoras de la adopción,
que entrarán en vigor cuando entre en vigor la Ley de Modificación
del sistema de Protección a la infancia y a la adolescencia.
Subastas (Disposición final undécima).
Las disposiciones del Título VII que regulan las subastas voluntarias
celebradas por los Secretarios judiciales y las del Capítulo V del
Título VIII de la Ley de 28 de mayo de 1862, del Notariado, que
establecen el régimen de las subastas notariales.
Modificaciones del Código Civil (Disposición final primera), artículos 49, 51, 52, 53, 55, 56, 57, 58, 62, 65 y 73 del Código Civil Modificaciones de la Ley del Registro Civil (Disposición final cuarta), artículos 58, 58 bis, disposición final segunda y disposición final quinta bis de la Ley 20/2011, de 22 de julio, del Registro Civil, relativos a la tramitación y celebración del matrimonio civil. Modificación de los acuerdos de cooperación con varias confesiones religiosas (Disposiciones finales quinta, sexta y séptima). A artículo 7 de la Ley 24/1992, de 10 de noviembre, de cooperación con la Federación de Entidades Religiosas Evangélicas de España. Artículo 7 de Ley 24/1992, de 10 de noviembre, de cooperación con la Federación de Comunidades Israelitas de España. Artículo 7 de Ley 26/1992, de 10 de noviembre, de cooperación con la Comisión Islámica de España.
Modificación de la Ley del Notariado (Disposición
final undécima). Disposiciones de la Sección 1.ª
del Capítulo II del Título VII de la Ley de 28 de mayo de
1862, del Notariado, que establecen las normas reguladoras del acta matrimonial
y de la escritura pública de celebración del matrimonio.
Código Civil, artículos: 47, 48, 60, 63, 81, 82, 83, 84, 87, 89, 90, 95, 97, 99, 100, 107, 156, 158, 167, 173, 176, 177, 181, 183, 184, 185, 186, 187, 194, 196, 198, 219, 249, 256, 259, 263, 264, 265, 299 bis, 300, 302, 314, 681, 689, 690, 691, 692, 693, 703, 704, 712, 713, 714, 718, 756, 834, 835, 843, 899, 905, 910, 945, 956, 957, 958, 1005, 1008, 1011, 1014, 1015, 1017, 1019, 1020, 1024, 1030, 1033, 1057, 1060, 1176, 1178, 1180, 1377, 1389, 1392 y 1442. Código de Comercio, artículo 40. Ley de Enjuiciamiento Civil, artículos: 8, 395, 525, 608, 748, 749, 758, 769, 777, 778 bis, 778 ter, 778 quáter, 782, 790, 791, 792, 802 y la Disposición final vigésima segunda. Ley 20/2011, de 21 de julio, del Registro Civil, artículos, 59, 60, 61, 67, 74, 78, disposición final segunda, disposición final quinta, disposición final quinta bis, disposición final décima. Ley 33/2003, de 3 de noviembre, de Patrimonio de las Administraciones Públicas, artículos: 20, 20 bis, 20 ter, 20 quáter, Disposición adicional vigésima tercera, Disposición adicional vigésima cuarta y Disposición final segunda. Ley 50/1980, de 8 de octubre, de Contrato de Seguro, artículo: 38. Ley 41/2003, de 18 de noviembre, de protección patrimonial de las personas con discapacidad y modificación del Código Civil, de la Ley de Enjuiciamiento Civil y de la Normativa Tributaria con esta finalidad, artículo: 5. Ley Hipotecaria. artículo: 14 y nuevo título IV bis. De la Conciliación (artículo 103 bis). Ley de 16 de diciembre de 1954, de Hipoteca Mobiliaria y prenda sin desplazamiento de la posesión, artículos: 86, 87, 88 y 89. Ley de Sociedades de Capital, aprobado por el Real Decreto Legislativo 1/2010, de 2 de julio, artículos: 139, 141, 169, 170, 171, 265, 266, 377, 380, 381, 389, 422 y 492. Ley 211/1964, de 24 de diciembre, sobre regulación de la emisión de obligaciones por Sociedades que no hayan adoptado la forma de Anónimas, Asociaciones u otras personas jurídicas y la constitución del Sindicato de Obligacionistas, artículo sexto. Ley 33/2006, de 30 de octubre, sobre igualdad del hombre y la mujer en el orden de sucesión de los títulos nobiliarios, Disposición transitoria única. Texto Refundido de la Ley General para la Defensa de Consumidores y Usuarios y otras leyes complementarias, aprobado por medio del Real Decreto Legislativo 1/2007, de 16 de noviembre, artículos 19, 141 y 163.
Ley 10/2012, de 20 de noviembre, por la que se
regulan determinadas tasas en el ámbito de la Administración
de Justicia y del Instituto Nacional de Toxicología y Ciencias Forenses,
la letra e) del apartado 1 del artículo 4.
Ley de Enjuiciamiento Civil, artículos 4, 10, 11, 63, 460 a 480, 977 a 1000, 1811 a 1879, 1901 a 1918, 1943 a 2174. Código Civil, artículo 316.
Ley 19/1985, de 16 de julio, Cambiaria y del Cheque,
artículos 84 a 87.
QUERO
CHAMORRO, D. Francisco de Borja
Un cordial y afectuoso saludo.
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