El B.O.E. de 1 de diciembre ha publicado el Real Decreto 1065/2015, de 27 de noviembre, sobre comunicaciones electrónicas en la Administración de Justicia y por el que se regula el sistema LexNET, que entrará en vigor para los abogados en próximo 1 de enero de 2016. Con independencia de recomendar la lectura detenida de todo el Real Decreto, creemos aclaratorio destacar cuatro cuestiones: 1) El sistema permitirá la sustitución entre abogados en la presentación y recepción de escritos (art. 19). 2) La presentación de escritos y documentos deberá ir acompañada de un formulario normalizado (art. 9.3 y Disposición adicional 2ª). 3) Cuando por cualquier causa imputable al CGAE el sistema no permitiera prestar el servicio en las condiciones establecidas, se expedirá, previa solicitud, justificante de la interrupción del servicio o certificado del C.G.A.E. expresivo de tal imposibilidad, el tiempo que permaneció inactivo y las causas (art. 16).
4) Los administradores concursales tendrán la consideración
de profesionales de la Justicia y quedan obligados a utilizar el sistema
electrónico de comunicación (arts. 2.b y 5.1). No obstante,
su incorporación al sistema se producirá al día siguiente
de la publicación del reglamento previsto en la Ley
17/2014, de 30 de septiembre, siguiendo hasta entonces con
el soporte papel para sus comunicaciones (Disposición Transitoria
Tercera).
PINO
CACERES, D. Luis
Un cordial y afectuoso saludo.
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