1.- Obligatoriedad de catalogar correctamente los documentos que se adjuntan, ya que de no hacerlo así, el órgano puede rechazar la presentación del escrito. 2.- Los documentos adjuntos deben remitirse individualizados en tantos archivos digitales como documentos sean los que deban componer el envío. No es posible remitir un único archivo .PDF que contenga todos los documentos. 3.- La digitalización de documentos debe realizarse según lo descrito en el Anexo IV, punto 8 del citado Real Decreto:
el dispositivo. b) Seleccionar tipo de salida de documento PDF/A. c) Seleccionar tipo de salida: un solo documento. d) Activar el OCR (Reconocimiento de Caracteres). e) Seleccionar el color de salida negro. (Únicamente se prevé la utilización de color, cuando el contenido de la información a adjuntar así lo requiera). 4.- Obligatoriedad de firmar digitalmente todos los documentos Anexos, salvo que ya estén firmados digitalmente (p.e.: por un perito, notario, etc). Para facilitar esta labor, se recuerda que LexNet Abogacía tiene contemplada la funcionalidad de firmar adjuntos sin tener que realizarlo con una aplicación externa. En el caso de compañeros invidentes, que a día de hoy, no les es posible la utilización de la aplicación (ni a través de la aplicación del Ministerio ni con LexNet Abogacía). Se ha acordado que el propio Ministerio de Justicia emitirá certificados a petición del solicitante para eximirles de la utilización del sistema. El Colegio deberá canalizar las peticiones que le hagan llegar sus colegiados a través del centro de soporte del Ministerio debiendo acompañar a la solicitud un certificado acreditativo de la discapacidad.
Un cordial y afectuoso saludo.
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