Os informamos de que con la última actualización de LexNET Abogacía se han incorporado nuevas mejoras y funcionalidades, entre ellas están ”la posibilidad de designar Sustitutos y Autorizados” y la ”posibilidad de acceder a todos los buzones en los que el abogado está colegiado”, cuando está en más de un Colegio.
El manual correspondiente a la configuración de las
Sustituciones y
Autorizaciones
se encuentra en el área dedicada a LexNET, dentro de nuestra web colegial.
Características y condiciones:
La funcionalidad de las sustituciones viene a dar respuesta al cumplimiento
del art.19.1. del RD 1065/2015, de 27 de noviembre. Mediante el mecanismo
de la sustitución un abogado puede designar a otro abogado para
que le sustituya durante un periodo de tiempo determinado; de este modo
el sustituto accederá al buzón de notificaciones del sustituido
y podrá enviar en nombre de éste escritos a través
de LexNET.
Características y condiciones:
La funcionalidad de las “Autorizaciones” viene a dar respuesta al cumplimiento
del art.19.2. del R.D. 1065/2015, de 27 de noviembre. Mediante el mecanismo
del autorizado un abogado puede designar a otro Abogado o a una persona
física que no sea abogado para que el autorizado pueda recibir las
notificaciones del buzón del autorizante y para enviar escritos
y documentos. En este caso, la autorización se confiere sin sujeción
a un periodo de tiempo determinado, pudiendo revocarla el autorizante en
cualquier momento.
Como resumen, las principales diferencias entre la figura de “Sustitución” y la de “Autorización” son:
El Certificado de Personal Autorizado ACA va dirigido a acreditar a las personas que un abogado quiere autorizar a acceder a su buzón de LexNET Abogacía. El autorizado podrá descargarse notificaciones y enviar escritos en nombre del titular abogado (o abogados, si es autorizado por más de uno) del buzón de LexNET. Pero para el caso del envío, recordar que el punto 2 del art 19 “Sustituciones y autorizaciones de los profesionales de la justicia” del RD 1065/2015, establece que “… las presentaciones de escritos y documentos, estos deberán haber sido firmados previamente por el titular del buzón con su certificado electrónico aunque la remisión se ejecute materialmente por un usuario autorizado por aquel”. Previo a la activación del certificado, el colegiado debe proporcionar al colegio el nombre, NIF y teléfono del autorizado, junto con su nombre y número colegial por correo electrónico a informatica@reicaz.es. Si el autorizante es una sociedad, se indicará también la denominación y CIF de ésta. El día de la cita, el autorizado debe de presentarse el autorizado con la siguiente documentación:
El coste del carné será de 25 euros.
La última funcionalidad implementada va dirigida a aquellos abogados que están dados de alta en varios colegios (multicolegiación), a partir de este momento puede entrar a los diferentes buzones (uno por colegio) con el mismo acceso a LexNET. (Manual)
Un cordial y afectuoso saludo.
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