Circular
66/2016 de 20 de octubre
SENTENCIA SOBRE LA
COLEGIACIÓN DE PROFESORES UNIVERSITARIOS
Los medios de comunicación se han hecho eco de la Sentencia de la
Sala de lo Contencioso del Tribunal Supremo, de 4 de octubre de 2016, núm.
2161/2016, sobre la colegiación como abogados de profesores doctores
sin abonar la cuota de incorporación.
Ante las dudas y consultas que han llegado al Colegio simplemente hemos
de aclarar algunas cuestiones:
El Tribunal Supremo anula una cláusula de un Protocolo que se suscribió
allá por el año 2009, hace siete años, entre el Colegio
y la Universidad de Zaragoza. El mismo contenía una cláusula
por la que se habilitaba a los profesores doctores a colegiarse sin abonar
los gastos de incorporación.
Según consta en el Colegio, este Protocolo fue sustituido por otro
posterior en el año 2012. Afortunadamente en este segundo Convenio
ninguna mención se hacía a la posibilidad de colegiación
de los profesores doctores.
El Tribunal Supremo declara la nulidad del acuerdo de la Junta de Gobierno
que en el citado año 2009 ratificó el inicial Protocolo,
y en concreto anula la cláusula referida a la colegiación
de los profesores doctores.
En el mandato de la actual Junta de Gobierno nunca se ha admitido la colegiación
de nadie que no reúna los requisitos legales; y todos los colegiados,
sin distinción de ningún tipo, asumen las mismas cargas que
el resto.
Un cordial y afectuoso saludo.
EL DECANO
Antonio Morán
Durán
|