EXPEDIENTE DE REGULACIÓN TEMPORAL DE EMPLEO
Tras la correspondiente comunicación a la representación legal de los trabajadores y la constitución de una comisión negociadora, el pasado viernes, 10 de abril de 2020, finalizó el periodo de consultas en la negociación de un Expediente de Regulación Temporal de Empleo en la plantilla del ReICAZ con la suscripción de un acuerdo que afecta a un 80% del personal. Ello es consecuencia de los acuerdos adoptados en Juntas de Gobierno celebradas de forma telemática los días 16, 19, 30 y 31 de marzo de 2020, además de otras gestiones realizadas de forma individualizada desde la Junta de Gobierno. Era necesario acometer dicho expediente a fin de acomodar las necesidades de personal a la actividad colegial que la situación excepcional permite y con la intención de recuperar, en cuanto sea posible, la plena ocupación y el total restablecimiento de los servicios colegiales. Se agradece la disposición del personal en aras a la obtención de un acuerdo que se considera satisfactorio para ambas partes. Por tanto, con fecha de hoy, lunes, 13 de abril de 2020, ha entrado en vigor dicho Expediente de Regulación de Empleo, justamente tras la finalización, el pasado jueves, 9 de abril, del permiso retribuido recuperable del que se informó en Circular 23/2020. Se restablecen, por tanto, todos los servicios colegiales que no sean presenciales. No obstante, hay algunas actuaciones inaplazables, como la entrega de equipos de protección individual o reparación de carnés colegiales, que se vienen prestando mediante cita que se solicita de forma telefónica o por correo electrónico. Se recuerda, además, la existencia del correo de urgencias emergenciascovid19@reicaz.es. RESOLUCIÓN DEL MINISTRO DE JUSTICIA, DE 13 DE ABRIL DE 2020,
POR LA QUE SE ADAPTA LA PRESTACIÓN DEL SERVICIO PÚBLICO DE JUSTICIA AL REAL DECRETO 487/2020, DE 10 DE ABRIL Con fecha de hoy se ha publicado la citada resolución que entra en vigor pasado mañana, miércoles, 15 de abril de 2020, en la que, entre otras disposiciones, interesa destacar la primera de ellas relativa al funcionamiento del servicio público de justicia: “Para asegurar el correcto funcionamiento de la Administración de Justicia como servicio público durante la vigencia del estado de alarma, deberán prestarse en todo caso los siguientes servicios: - Los servicios esenciales fijados tanto en la Resolución del Secretario de Estado de Justicia como en las resoluciones equivalentes adoptadas por el Consejo General del Poder Judicial y la Fiscalía General del Estado de fecha 14 de marzo de 2020. - El registro de todos los escritos presentados en las oficinas judiciales y fiscales de forma telemática (Lexnet o sistemas equivalentes en País Vasco, Cataluña, Navarra, Cantabria y Aragón), y su reparto a los órganos competentes, para asegurar el adecuado funcionamiento de juzgados y tribunales; recomendándose a estos efectos a abogados, procuradores y graduados sociales una ponderación o moderación en la presentación de escritos para hacer más viable el reparto. - La llevanza de todos aquellos procedimientos no enmarcados en la categoría de servicios esenciales siempre que lo permitan los medios disponibles. - La realización en el plazo más breve posible de todas las inscripciones de fallecimiento y nacimiento presentadas, así como la llevanza de los procedimientos del Registro Civil no enmarcados en la categoría de servicios esenciales siempre que lo permitan los medios disponibles”. Se recuerda, no obstante, que aunque se admita el registro de los escritos presentados en las oficinas judiciales y fiscales de forma telemática, que se recomienda se efectúe con ponderación o moderación, estas medidas no afectan a la suspensión de plazos y actuaciones procesales, que se mantienen, tal y como se ha informado en circulares anteriores. EL CONSEJO DE COLEGIOS DE ABOGADOS DE ARAGÓN MUESTRA SU DESACUERDO
POR LAS MEDIDAS PRESENTADAS POR EL CONSEJO GENERAL DEL PODER JUDICIAL TRAS LA FINALIZACIÓN DEL ESTADO DE ALARMA Como la práctica totalidad de la Abogacía Institucional, el Consejo de Colegios de Abogados de Aragón, en nombre de la Abogacía Aragonesa, ha mostrado su malestar a través de una nota de prensa que, por su interés, se reproduce en esta circular y de la que ya se han hecho eco los principales medios de comunicación de nuestra comunidad autónoma. Un cordial y afectuoso saludo. EL DECANO Antonio Morán Durán
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