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Circular 94/2020, de 23 de diciembre
 
 
CONVENIO DE COLABORACIÓN ENTRE EL EXCMO. AYUNTAMIENTO DE ZARAGOZA
Y EL REAL E ILUSTRE COLEGIO DE ABOGADOS DE ZARAGOZA
PARA LA ASISTENCIA JURÍDICA A PARTICULARES Y COMUNIDADES DE PROPIETARIOS
AFECTADOS POR LA OCUPACIÓN ILEGAL DE INMUEBLES


          En la mañana de hoy, el Colegio y el Ayuntamiento de Zaragoza han suscrito un convenio para la asistencia jurídica a particulares y comunidades de propietarios que se vean afectados por la ocupación ilegal de inmuebles.

          Dicho Convenio comprende el próximo año 2021, si bien se contempla la posibilidad de suscribir hasta dos prórrogas anuales.

          La prestación del servicio se llevará a cabo por letrados ejercientes del ReICAZ, mediante un sistema de consultas en línea o a través de un teléfono, en horario de mañana y tarde, de lunes a viernes. Las consultas en línea se efectuarán a través de una dirección de correo electrónico mientras que las consultas telefónicas serán atendidas en horario de 10:00 a 14:00 horas y de 17:00 a 20:00 horas.

          Tan solo en el caso de que las circunstancias así lo aconsejen y a la vista de la información que sea necesario transmitir y las especialidades del caso, podrá concertarse, tras la correspondiente consulta en línea o telefónica, una atención presencial que será convenientemente informada al Coordinador que se designe.

          Para la prestación del Servicio, se convocará una plaza de Coordinador y cinco plazas de Letrados Asesores. Esta convocatoria comprende tan sólo el ejercicio 2021, bien entendido que, de prorrogarse el Servicio, en próximas convocatorias se dará preferencia a los letrados que no hayan sido seleccionados en 2021.

          En relación a este convenio, interesa señalar que, desde hace años, nuestro Colegio se ha significado por prestar toda la colaboración posible a la ciudadanía en orden al asesoramiento y defensa de los derechos de todos, tanto por iniciativa propia como mediante colaboración con las Administraciones públicas, manifestando una especial sensibilidad con los sectores de población más desprotegidos, en riesgo, excluidos, o en peligro de exclusión social. Buena muestra de ello es el SAM, SAOJI y SOP, que han sido apoyados por esta Junta de Gobierno incluso en los momentos más adversos.

          Por ello, este servicio está destinado a los particulares y comunidades de propietarios, nunca a grandes propietarios inmobiliarios (bancos, fondos buitre, etc.) que seguro tendrán su propio asesoramiento legal privado. Además, los compañeros seleccionados no van a asumir pleito alguno, sino tan solo limitarse a explicar el marco legal de actuación de los posibles perjudicados y las iniciativas a realizar. Y, si alguna de las personas que efectúen la consulta son acreedores del beneficio de justicia gratuita, se les derivará para que inicien los trámites a través del SOJ. Además, para el caso de que los letrados que prestan el servicio detecten cualquier situación de vulnerabilidad en los ocupantes de las viviendas, informarán a los Servicios Sociales correspondientes.

          En definitiva, una vez que la Administración, en este caso el Ayuntamiento, ha tomado la decisión de impulsar un servicio de asesoramiento jurídico, con una dotación económica, la única decisión que como Colegio nos corresponde es la de aceptar o no su gestión y coordinación, aspecto que se analiza desde el punto de vista del interés de los ciudadanos desfavorecidos. De no hacerlo así, se corre el riesgo de dar entrada a otros operadores sin las garantías de transparencia y profesionalidad que el Colegio ofrece en la gestión de sus servicios.


CONVOCATORIA DE UNA PLAZA DE COORDINADOR
Y CINCO PLAZAS DE LETRADOS ASESORES


          En relación con el Convenio anterior y atendiendo a las condiciones indicadas anteriormente, se convoca una plaza de Coordinador y cinco plazas de Letrados Asesores para el ejercicio 2021.

          Los Letrados interesados deberán remitir su solicitud a la dirección de correo electrónico decanato@reicaz.es, hasta el martes, 29 de diciembre de 2020, a las 15:00 horas, acompañando necesariamente su CV. Se valorará especialmente el conocimiento y experiencia en la materia objeto de asesoramiento. Todas las solicitudes, se entiende que optan tanto a la plaza de Coordinador como a la de Letrados Asesores.

          Las funciones del Coordinador serán, básicamente, las siguientes: (i) organizar los horarios de los Letrados Asesores con criterios de equidad e igualdad entre ellos; (ii) gestionar el correo electrónico de consultas, repartiendo las mismas entre los Letrados Asesores y asegurándose de que todas las consultas obtienen respuesta; (iii) controlar los desvíos del teléfono cabecera a los diferentes Letrados Asesores, de acuerdo con los turnos de horario que haya organizado; (iv) comprobar y dar el visto bueno a las consultas presenciales que propongan los Letrados Asesores; (v) responsabilizarse y dar solución a cualquier incidencia que surja en la prestación del servicio; (vi) dirigir la elaboración de una Guía Informativa que deberá estar lista para su difusión durante el primer trimestre de 2021; (vii) elaborar un informe trimestral del servicio conforme a lo previsto en el Convenio; (viii) confección de una Memoria Anual de las actuaciones realizadas; y (ix) cualquier otra labor en relación con este Convenio que le soliciten los responsables colegiales.

          Las funciones de cada uno de los Letrados Asesores serán las siguientes: (i) estar disponible para las consultas telefónicas en los horarios que organice el Coordinador; (ii) atender las consultas que, vía correo electrónico, le traslade el Coordinador; (iii) atender las consultas telefónicas los días que le sean asignados; (iv) concertar las citas presenciales cuando las circunstancias del caso así lo aconsejen, informando de ello al Coordinador; (v) colaborar con el Coordinador en la elaboración de la Guía; (vi) informar y, en su caso, derivar a los Servicios Sociales correspondientes de cualquier situación de marginalidad o riesgo en las personas ocupantes de viviendas que se detecte; y (vii) cualquier otra labor en relación con este Convenio que le sea solicitada por el Coordinador.

          Los honorarios del Coordinador serán de 3.600 euros anuales, a satisfacer mediante cuatro pagos trimestrales de 900 euros. Los honorarios de cada uno de los Letrados Asesores serán de 1.800 euros anuales, a satisfacer mediante cuatro pagos trimestrales de 450 euros. Dichas cantidades serán brutas, por lo que, sobre las mismas, se aplicará el IVA y la retención correspondiente.

          Un cordial y afectuoso saludo.

 
 

EL DECANO
Antonio Morán Durán


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