SEGURO DE RESPONSABILIDAD CIVIL Y ACCIDENTES
En los próximos días se pasará al cobro el primero de los dos recibos correspondiente a la póliza de responsabilidad civil profesional y seguro de accidentes que se mantiene con la entidad aseguradora Catalana Occidente. El coste total anual por colegiado es de 320,24 euros correspondiente a la póliza de responsabilidad civil profesional y de 6,05 euros por el seguro de accidentes para los menores de 65 años, 3,09 euros para los colegiados entre 65 y 70 años. Los mayores de 70 años no están incluidos en dicho seguro de accidentes. Aunque la prima es anual, se girarán dos recibos semestrales. Así, para los colegiados menores de 65 años, se girará un primer recibo por importe de 163,15 euros (160,12 por la RC y 3,03 por el seguro de accidentes) y un segundo recibo por importe de 163,14 euros (160,12 más 3,02). Para los colegiados entre 65 y 70 años el primer recibo será de 161,67 euros (160,12 por la RC y 1,55 por el seguro de accidentes) y un segundo recibo por importe de 161,66 euros (160,12 más 1,54). Y, para los mayores de 70 años, ambos recibos serán de 160,12 euros, comprensivos, únicamente, de la cuota correspondiente a la responsabilidad civil ya que, como se ha indicado, no les afecta el seguro de accidentes. Tal y como se ha informado en las Juntas Generales, resulta satisfactorio comprobar que nuestra póliza es de las más competitivas en el mercado, si no la mejor, tanto en importe de la póliza, como en las coberturas que ofrece, entre las que destaca el importe de 1.200.000 euros, por siniestro y asegurado, en la responsabilidad civil profesional. Se recuerda que, en el caso de colegiados que han manifestado su voluntad de no estar amparados por esta póliza al tener garantizado el riesgo asegurado por otra vía, no se les girará el correspondiente recibo y, lógicamente, no estarán cubiertos por esta póliza. En un caso, se trata de colegiados ejercientes en el ReICAZ pero que residen en el término de otro Colegio de Abogados. Es importante que se aseguren de que en el Colegio de residencia tienen suficientemente garantizada su responsabilidad civil profesional, ya que, como se ha indicado, no están amparados por esta póliza. Lo mismo ocurre con los abogados que han aportado su propia póliza. Han de ser conscientes de que la responsabilidad que queda cubierta es, exclusivamente, la que contemple su propia póliza y que, en ningún caso, podrán ampararse en la contratada por el Colegio. No obstante, resulta posible, en los dos casos, compatibilizar ambas pólizas, por lo que, si así lo desean, deberán realizar las gestiones oportunas en el Departamento de Seguros del Colegio. En cualquier caso, recomendamos una lectura detenida de las condiciones de las pólizas, que se encuentran colgadas en la web y, en caso de duda, solicitar cita el día de guardia con la Diputada 2ª. Asimismo, se recuerda a aquellos colegiados que actúen como administradores concursales, el contenido de las Circulares 63/2018 y 65/2018 en las que se informó de la negociación de una póliza específica para asegurar esta actividad que no está incluida en la capa básica de todos los colegiados. E, igualmente se recuerda a todos los compañeros que quienes, por cualquier circunstancia, consideren necesaria una cobertura mayor que la suma asegurada en esta póliza, pueden ampliar la suma asegurada en condiciones muy interesantes. Para todo ello, se podrá contactar con la Correduría del Colegio, "Moné Seguros e Inversión" en el teléfono 976238618 o en el correo electrónico seguros@moneseguros.com. PÓLIZA DE ILT PARA 2022
La Correduría del Colegio, Moné Seguros e Inversión, gestiona la póliza de Indemnización Diaria Golden IV pm que el Colegio mantiene con la entidad La Previsión Mallorquina desde 2003. Pues bien, en los próximos días se pasará el cobro el recibo anual que ascenderá a la cantidad de 134,55 euros, lo que se pone en conocimiento de todos los colegiados que hayan suscrito dicha póliza. ELECCIONES A CONSEJEROS DEL CGAE
El Consejo General de la Abogacía Española ha convocado elecciones para cubrir diez plazas de consejeras y consejeros electivos, profesionales de la abogacía de reconocido prestigio con más de quince años de ejercicio profesional, conforme a lo previsto en el artículo 100 del Estatuto General de la Abogacía Española, que tendrán lugar el 24 de febrero de 2022. Se adjunta documentación relativa a la convocatoria, de la que interesa destacar la siguiente información: El plazo de presentación y recepción de candidaturas y la documentación exigida expira el 9 de febrero de 2022, a las 13:00 horas, en las dependencias administrativas de la Secretaría del Consejo General (Paseo de Recoletos 13, 28004 Madrid). Conforme determinan el artículo 100 del Estatuto y el artículo 3 del Reglamento de régimen interior del Consejo, la documentación que deberá aportarse, mediante certificación del respectivo Colegio de Abogados, junto con la comunicación presentando la candidatura, es la siguiente: a) Su condición de profesional de la Abogacía con más de quince años de ejercicio profesional y el Colegio de residencia. b) No estar incurso en ninguna de las causas de prohibición, incompatibilidad o incapacidad previstas en el Estatuto General de la Abogacía Española. Un cordial y afectuoso saludo. EL DECANO
Antonio Morán Durán
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