CONVOCATORIA DE ELECCIONES
La Junta de Gobierno del Real e Ilustre Colegio de Abogados de Zaragoza, en sesión de 11 de noviembre de 2024 y en cumplimiento de lo dispuesto en el artículo 81 del Estatuto del Colegio y de lo establecido por el Real Decreto 135/2021, de 2 de marzo por el que se aprobó el Estatuto General de la Abogacía Española, en su artículo 79, ha acordado convocar elecciones para cubrir cargos a la Junta de Gobierno que tendrán lugar en el Salón de Actos “Carlos Carnicer” en la planta baja del Colegio el 27 de diciembre de 2024, viernes, a las nueve horas (9:00 horas) de la mañana y hasta las cinco de la tarde (17:00 horas). En la misma sesión de la Junta de Gobierno, previamente a acordar la convocatoria de elecciones que se incluye en la presente circular y en cumplimiento de lo dispuesto en el artículo 84.3 de los Estatutos del Colegio, presentó su dimisión como Diputado Primero – Vicedecano, Don Alfredo Sánchez-Rubio Triviño. La Junta, de conformidad con lo dispuesto en el artículo 66.3 de los citados Estatutos, acordó incluir en la convocatoria la plaza de Diputado(a) Primero(a) – Vicedecano(a), si bien limitada a los dos años que le quedaban de mandato al Diputado Primero – Vicedecano dimisionario. Por tanto, los cargos que se convocan a elección, todos ellos por cuatro años, excepto el de Diputado(a) Primero(a) – Vicedecano(a), son los siguientes: - DECANO(A) - DIPUTADO(A) PRIMERO(A) - VICEDECANO(A) Por dos años. - DIPUTADO(A) SEGUNDO(A) - DIPUTADO(A) QUINTO(A) - DIPUTADO(A) SEXTO(A) - DIPUTADO(A) SÉPTIMO(A) - DIPUTADO(A) DÉCIMO(A) - SECRETARIO(A) NORMAS DE LA CONVOCATORIA
Primera. Horario de la votación: La votación se desarrollará desde las 9:00 horas y hasta las diecisiete horas (17:00 horas) del expresado 27 de diciembre de 2024, en que se cerrarán las urnas para comienzo del escrutinio. Segunda. Duración del mandato: Los cargos sometidos a elección desempeñarán sus funciones durante cuatro años, excepto el del Diputado(a) Primero(a) – Vicedecano(a) que se limitará a dos, sin perjuicio de que todos ellos puedan ser reelegidos en la renovación ordinaria de cargos. Tercera. Requisitos de los candidatos: Los candidatos deberán ser Letrados en ejercicio, residentes en la demarcación del Colegio, no estar incursos en ninguna de las causas de inhabilitación previstas en el artículo 65.2 del Estatuto del Colegio y cumplir con el requisito de antigüedad recogido en el artículo 65.1: - Para Decano(a) Diputado(a) Primero(a) – Vicedecano(a) y Diputado(a) Segundo(a). Diez años. - Para Secretario(a). Cinco años. - Para los restantes cargos. Tres años. Cuarta. Derecho de sufragio: Tendrán derecho de sufragio todos los colegiados incorporados con más de tres meses de antelación a la fecha de la convocatoria de las elecciones (artículo 83.1 del Estatuto del Colegio). El voto de los colegiados ejercientes tendrá doble valor que el de los no ejercientes (artículo 83.2 del Estatuto del Colegio). Quinta. Voto por correo: Desde que se convoquen elecciones para cubrir cargos de la Junta de Gobierno y hasta diez días antes de su celebración, es decir hasta el 12 de diciembre de 2024 inclusive, los colegiados que deseen emitir su voto por correo podrán solicitar a la Secretaría del Colegio, mediante comparecencia personal, la certificación que acredite que están incluidos en las listas de colegiados con derecho a voto, la papeleta en blanco y el sobre normalizado. Todo ello de conformidad con lo previsto en el artículo 89 del Estatuto del Colegio. Los colegiados que figuren inscritos con domicilio distinto a la ciudad de Zaragoza también podrán hacerlo mediante escrito dirigido al Secretario y enviado por correo certificado, firmado personalmente, al que acompañarán fotocopia de su Documento Nacional de Identidad o del carnet del Colegio. El Secretario del Colegio entregará al solicitante la documentación necesaria para votar, bien personalmente en el acto de la comparecencia, bien por correo certificado al domicilio que conste en la Secretaría. La emisión del voto por correo deberá efectuarse de la siguiente manera: a) Dentro del sobre blanco normalizado se introducirá la papeleta de votación.
b) Este sobre se introducirá en otro, en el que se incluirá asimismo la certificación de la inclusión del elector en el censo. c) Este segundo sobre se enviará por correo certificado dirigido al Decano del Real e Ilustre Colegio de Abogados de Zaragoza con la siguiente mención: «Para las elecciones del Real e Ilustre Colegio de Abogados de Zaragoza a celebrar el 27 de diciembre de 2024». Solamente se computarán los votos emitidos por correo certificado que reúnan los requisitos anteriormente establecidos y que tengan su entrada en la Secretaría del Colegio antes de empezar el escrutinio. Sexta. Listas y reclamaciones: Las listas de colegiados con derecho a voto, separados en dos grupos de colegiados ejercientes y no ejercientes, se expondrán en el tablón de anuncios del Colegio (Don Jaime I, 18) en los cinco días siguientes a esta circular, según dispone el artículo 82.2. c) del Estatuto. Dentro del plazo de los cinco días siguientes a la exposición de las listas, podrán formularse las reclamaciones a que hubiera lugar. Éstas serán resueltas por la Junta de Gobierno dentro de los tres días siguientes a la expiración del plazo para formularlas, notificándose su resolución a cada reclamante dentro de los dos días siguientes (artículo 83.3 y 83.4 del Estatuto). Séptima. Plazo de presentación de candidaturas: Las candidaturas deberán presentarse por escrito en la Secretaría del Colegio antes de las veintiuna horas (21:00 horas) del 3 de diciembre de 2024, martes (artículo 84.1 del Estatuto). La Junta de Gobierno proclamará candidatos el siguiente día a quienes reúnan los requisitos legales exigibles (artículo 84.5 del Estatuto), considerando electos a los candidatos que no tengan oponentes (artículo 85 del Estatuto), lo que seguidamente se publicará en el tablón de anuncios y se comunicará a los interesados y a todos los colegiados. Octava. Candidaturas: Las candidaturas podrán ser conjuntas para varios cargos, o individuales para cargos determinados, debiendo ser suscritas exclusivamente por los propios candidatos, sin que ningún colegiado pueda presentarse candidato a más de un cargo, conforme dispone el artículo 84.2 y 84.4 del Estatuto. Novena. Papeletas: Las papeletas de votación serán editadas por el Colegio, deberán ser del mismo tamaño y color y se introducirán en las urnas dentro de un sobre que facilitará también el Colegio. La Junta de Gobierno dispondrá la existencia en la sede en que se celebre la votación de suficiente número de papeletas con el nombre y apellidos de los candidatos en blanco (artículo 86.7 y 86.8 del Estatuto). Décima. Mesa electoral: La Mesa electoral quedará integrada por el Decano, como Presidente, por el Secretario y por otro miembro de la Junta de Gobierno. El Decano y el Secretario podrán ser sustituidos de acuerdo con el régimen general de sustituciones. Cada candidato podrá designar entre los colegiados un Interventor que lo represente en el desarrollo de la votación y escrutinio (artículo 86.1 y 86.2 del Estatuto). Undécima. Votación: La papeleta, introducida en sobre normalizado, que proporcionará el Colegio, será entregada directa y personalmente al Presidente de la Mesa por cada elector, previa identificación del mismo y comprobación de su derecho a voto. El Presidente pronunciará en voz alta el nombre y apellidos del votante, indicando que vota, introduciendo el propio Presidente la papeleta en la urna correspondiente, a cuyo fin existirán dos urnas perfectamente diferenciadas, una para colegiados ejercientes y otra para colegiados sin ejercicio (artículo 87 del Estatuto). Duodécima. Horario y escrutinio: A las diecisiete horas del 27 de diciembre de 2024, se cerrarán las puertas de la Sala y sólo podrán votar los colegiados que ya se encontraran en ella. La Mesa votará en último lugar a continuación, y previa comprobación, se introducirán dentro de las urnas electorales los votos que hayan llegado hasta aquel momento por correo certificado y con los requisitos establecidos. Acto seguido se procederá al escrutinio, leyéndose en voz alta todas las papeletas, siendo declarados totalmente nulos aquellos votos que contengan expresiones ajenas al contenido de la votación o que no permitan determinar la voluntad del elector; y, parcialmente, en cuanto el cargo al que afectare, las que indiquen más de un candidato para un mismo cargo o nombres de personas que no concurran a la elección o designen un candidato para distinto cargo al que se presentare. Aquellas papeletas que se hallen tan sólo parcialmente rellenadas en cuanto al número de candidatos, pero que reúnan los requisitos exigidos para su validez, lo serán para los cargos y personas correctamente expresados (artículo 90.2, 90.3 y 90.4 del Estatuto). Decimotercera. Proclamación de los resultados: Finalizado el escrutinio, la Presidencia anunciará su resultado, proclamándose seguidamente electos los candidatos que hubieran obtenido para cada cargo el mayor número de votos (artículo 90.5 del Estatuto). En caso de empate, se entenderá elegido el candidato que haya obtenido más votos de entre los colegiados ejercientes; de persistir el empate, resultará elegido el candidato de mayor antigüedad en el ejercicio en el Real e Ilustre Colegio de Abogados de Zaragoza (artículo 90.6 del Estatuto). El Acta correspondiente será firmada por el Secretario con el visto bueno del Presidente. Se advierte que este acuerdo no agota la vía administrativa, por lo que se puede interponer recurso de alzada ante el Consejo de Colegios de Abogados de Aragón, en el plazo de UN MES, a contar desde su notificación, que podrá entenderse desestimado si transcurren TRES MESES desde su interposición sin que dicho órgano haya adoptado acuerdo expreso (artículo 35 de la Ley 2/98 de 12 de marzo de Colegios Profesionales de Aragón, en concordancia con el artículo 122 de la Ley 39/2015 de 1 de octubre del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas). Todo ello sin perjuicio de que se pueda ejercitar cualquier otro recurso que estime pertinente. Un cordial y afectuoso saludo. EL DECANO
Antonio Morán Durán
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