Página Principal del R.e I.C.A.Z.
 
Circular del T.O. 3/1996 de 1 de julio
 
 
PAGO DEL SEGUNDO SEMESTRE DE 1995

          Por el Consejo General de la Abogacía se nos han remitido los fondos correspondientes a los Servicios del Turno de Oficio y Asistencia al Detenido durante el segundo semestre de 1995, que cubren el 100% de los importes acreditados. Con esta misma fecha se han gestionado las oportunas transferencias, por lo que al recibo de la presente tendréis hecho ya el abono en vuestras cuentas. Lógicamente, quienes prefieren el sistema del talón no pueden cobrar con la misma rapidez, pero pueden pasar a retirarlo por el Servicio del Turno de Oficio, planta 6ª., a partir del miércoles día 3 de julio, de 9 a 14 horas. 

          Tras la buena acogida de la iniciativa ensayada al pagar el primer semestre, adjuntamos la liquidación correspondiente al pago que se efectúa a cada uno y el oportuno recibo. La diferencia entre la cantidad total reconocida en la liquidación y la que efectivamente se abona, corresponde a la retención que preceptivamente hemos de hacer de cara al I.R.P.F. 

          Para una más fácil comprobación de la liquidación, recordamos que junto a cada intervención baremada se especifica si se abona el 70% (comienzo de la actuación) o el 30% (final de la misma). Si no se especifica nada, es que se está retribuyendo el 100% del baremo. Si al margen figura una "N", quiere decir que no se abona nada por no estimarse suficientemente acreditada la intervención, sin perjuicio de efectuar el pago en el siguiente semestre si se acredita. Por último, si la indicación que figura es "Sem. 1º. de 1995", u otra similar, quiere decir que dicha actuación quedó acreditada en dicho semestre y se pagó en su momento. 

          Con independencia del pago del Turno de Oficio con los criterios expuestos, se abona también la Asistencia al Detenido correspondiente al mismo periodo, a razón de ___.- pesetas día de guardia. 

          Si al repasar la liquidación hay algún punto que no entendéis o detectáis algún error, hacédnoslo saber mediante un escrito o por FAX, especificando cuál es el problema concreto. Una vez revisado, se corregiría si procediera o se os citaría a una entrevista si fuera preciso concretar algo. 

          Reiteramos una vez más la conveniencia de facilitar la tramitación de las acreditaciones, enviándolas en cuanto se produzca la actuación, grapadas a una fotocopia de la hoja de designación y anotándolas en vuestra hoja de control. Hoja de control que deberéis remitir al finalizar el semestre. Para facilitaros el seguimiento del semestre que acaba de empezar, os adjuntamos también una hoja de control en blanco. 

          Recordamos también que la intervención para solicitar la Justicia Gratuita devenga el 100% (___.- pesetas), desde que acreditáis haberla solicitado, pero que posteriormente es absolutamente imprescindible remitir la sentencia completa, para acreditar que se ha reconocido el derecho, requisito indispensable para poder percibir fondos del Turno. 
 
 

ENCUESTA SOBRE ORGANIZACIÓN

          Hace un año que poníamos en marcha un nuevo sistema de organización de la Asistencia al Detenido, como consecuencia obligada de la entrada en vigor del R.D. 108/1995 de 27 de enero. Los cambios más importantes que el nuevo sistema introdujo fueron cuatro: 

- Que el Abogado que atiende al detenido en su primera declaración, continuará con la defensa del mismo desde ese mismo momento y hasta el final del asunto. 

- Supresión del Jefe de Guardia. 

- Sustitución del sistema de localización por la asignación de un "busca" conectado a una central de avisos. 

- Especialización de algunos de los integrantes de cada grupo de guardia.

          Aun cuando los motivos de dichos cambios fueron ampliamente expuestos en las circulares del Turno de Oficio de mayo y noviembre de 1995, queremos insistir nuevamente en las motivaciones que los aconsejaron. 

          La supresión del Jefe de Guardia era consecuencia necesaria de que el R.D. sólo permitía pagar por la realización efectiva de asistencias, con lo que la alternativa sería tener un Jefe de Guardia que simultaneara dicha responsabilidad con ser uno más en la realización de asistencias, lo que era prácticamente inviable. 

          La dotación de "buscas" a los integrantes de la guardia buscaba facilitarles la mayor libertad posible de movimientos, haciendo menos gravosas las guardias. 

          Y en cuanto a la inclusión en los grupos de guardia de Letrados adscritos a las listas de Penal Especial, Menores y Extranjería, estuvo motivada por la necesidad de garantizar que quien prestara la asistencia pudiera hacerse cargo del posterior Turno de Oficio. Los grupos constan, pues, de cinco Letrados pertenecientes todos ellos a la Lista de Penal General, pero con la peculiaridad de que tres de ellos están también en listas especializadas a fin de poder atender los asuntos que así lo exigieran. 

          Todo es, por supuesto perfeccionable y por ello queremos aprovechar esta circular para hacer un sondeo entre todos los inscritos a los Servicios del Turno de Oficio y Asistencia al Detenido, para conocer vuestra opinión sobre la organización, defectos y posibles mejoras. A tal fin incluimos una pequeña encuesta que agradeceremos que contestéis todos y no dudéis en añadir en hoja aparte las opiniones, juicios o sugerencias que no tuvieran cabida en el texto impreso. Se trata de mejorar el Servicio en bien de todos, por lo que no hay ningún secreto y preferiríamos que se supiera de quién es cada opinión, pero no obstante no es obligatorio en modo alguno el identificarse y podéis remitirla de forma anónima si así lo preferís. 

          Un cordial saludo. 
 
 

EL DIPUTADO 8º. 
RESPONSABLE DEL TURNO DE OFICIO