Se han recibido los fondos correspondientes al pago del Turno de Oficio correspondientes al primer trimestre de 2001. Quienes tengan autorizado el pago mediante transferencia y no tienen pagos pendientes en el Colegio, al recibo de la presente tendrán ingresado en su cuenta el importe que les corresponde. Quienes tengan pagos pendientes, según la liquidación que en su caso se adjunta a la presente circular, tienen los cheques que les corresponden a su disposición en Tesorería (Primera Planta), donde podrán retirarlos a partir del 1 de octubre tras liquidar allí mismo la deuda o acreditar que se ha liquidado mediante transferencia o ingreso en la cuenta corriente del Colegio. Quienes prefieren cobrar mediante talón y no se encuentren incluidos en el párrafo anterior pueden pasar a retirarlo directamente por el Departamento del Turno de Oficio (Sexta Planta), de 8 a 15 horas a partir del 1 de octubre. Según consta en los recibos justificantes del pago, se abonan por un lado las actuaciones por Turno de Oficio y de otro las Guardias de Asistencia al Detenido. No obstante, ha de tenerse en cuenta que se computan junto con las guardias, a razón de 10.000.- pesetas caso, aquellos supuestos en que se prestó asistencia en el Juzgado de Guardia después de haberla prestado en Comisaría, pero no continuó actuación en Turno de Oficio por sobreseerse o archivarse el asunto tras la citada asistencia en el Juzgado. En tales casos, la asistencia en Comisaría se computa como parte de la guardia (19.000.- pesetas diarias) y la asistencia en el Juzgado como una asistencia aparte a razón de 10.000.- pesetas.
Cordialmente,
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