Después de un mes de la puesta en marcha del procedimiento de juicios rápidos para delitos y de la tramitación de los juicios de faltas inmediatos, la valoración del sistema es francamente desigual ya que no se ha superado la fase inicial de desconcierto existente en todas las instituciones intervinientes en los mismos, pero lo que sí que ha quedado patente es que se ha producido un incremento en el trabajo de los Abogados integrantes del Servicio de Guardia de Asistencia al Detenido por lo que respecta a la celebración de juicios rápidos para delitos, cuya actuación se ve concentrada en un periodo corto de tiempo hasta la celebración del juicio, y por supuesto se ha aumentado de forma considerable la intervención de Abogados de Turno de oficio para los juicios de faltas tramitados ahora como inmediatos, y en los que anteriormente casi no se requería nuestra asistencia. Ello supone que el Colegio de Abogados habrá de insistir en la solicitud al Ministerio de Justicia, ya formulada a través del Consejo General de la Abogacía, de que se incremente el número de Letrados que componen diariamente el Servicio de Guardia además de que se eleven las retribuciones correspondientes a estas actuaciones profesionales realizadas dentro del Turno de Oficio, como compensación al mayor trabajo y al esfuerzo realizado por los compañeros del servicio. En todo caso, el Colegio entiende que el sistema del Letrado de refuerzo creado para la asistencia jurídica de los juicios de faltas inmediatos ha de mantenerse por ahora para atender a las personas que la precisen y por ello abrimos un período de inscripción voluntario hasta el día 12 de junio para aquellos compañeros que están inscritos en el presente año 2003 en el Turno Penal y Asistencia al Detenido en cualquiera de sus especialidades y deseen realizar el servicio de Refuerzo de Guardia con las características y condiciones que se especificaban en la anterior Circular del Turno de Oficio 3/2003 de fecha 2 de abril, recordando que se trata de guardias en días laborables desde las 9 de la mañana hasta las 7 de la tarde, para la asistencia exclusivamente de juicios de faltas inmediatos y retribuyéndose con cargo al turno de oficio únicamente la intervención en los mismos, conforme a la normativa vigente. Como criterios sobre la actuación en los mencionados juicios de faltas hemos de señalar que habremos de intervenir únicamente cuando seamos requeridos para ello por la Policía, en aquellos casos en que la misma realiza directamente el señalamiento del juicio, o por el propio Juzgado, debiendo cumplimentar por nuestra parte el impreso de Parte de Asistencia en Guardia debidamente rellenado en el cuadro de intervención en el Juzgado, sellado por el mismo, y asimismo cumplimentado su reverso y cursada la solicitud de asistencia jurídica gratuita cuando proceda por la manifestación del asistido. En aquellos supuestos en los que, habiendo sido requeridos por la Policía o por el Juzgado, la persona a la que hemos de asistir no se presentara a la celebración del juicio de faltas, habremos de exigir del Juzgado que se haga constar en el acta del mismo nuestra presencia como Letrado del Turno de oficio, solicitando intervenir en defensa de nuestro cliente. Cuando la persona que solicite la asistencia de Abogado de Turno sea denunciante por un hecho de violencia doméstica, habrá de hacerse cargo de su defensa uno de los compañeros que están de guardia en el Servicio de Guardia de Víctimas de Violencia Domestica (SAVVID).
En aquellos casos en que fuera precisa la intervención de
otro Letrado, tanto para asistir al denunciante, como para la defensa de
otro denunciado con incompatibilidad, habrá que solicitar la asistencia
de alguno de los Letrados integrantes de la guardia normal, en la medida
en que fuera posible, para lo que habrá de ponerse en contacto
con el Jefe de Guardia.
Aunque cada trimestre se recuerda la fecha límite para presentar las acreditaciones correspondientes a los asuntos tramitados por Turno de Oficio os indicamos que podéis enviarlas o entregarlas en el Colegio a medida que se vayan produciendo, sin necesidad de aguardar a que sea el fin del trimestre. Y por lo que respecta a las acreditaciones de los asuntos penales derivados de las Guardias de Asistencia al Detenido o las de los Letrados de refuerzo de guardia, consistentes en Partes de Asistencia en Guardia, Partes de Asistencia en Turno de Oficio y Solicitudes de Asistencia Jurídica Gratuita, es muy conveniente que las entreguéis en el Departamento del Turno de Oficio del Colegio lo más inmediatamente posible después de haberse efectuado el servicio ya que de esta forma se tienen los antecedentes del asunto cuando llega cualquier incidencia y sobre todo la documentación correspondiente a la tramitación de la asistencia jurídica gratuita.
Estas recomendaciones son aplicables tanto a las intervenciones
de los Letrados de Zaragoza capital como de los del resto de los partidos
judiciales de la provincia.
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