Ante las numerosas dudas que se plantean en relación a las obligaciones de Procuradores y Letrados con respecto a los asuntos de turno de oficio, nos hemos reunido representantes de ambos Colegios al objeto de fijar unos criterios de actuación que, aunque carecen de carácter vinculante, se aconsejan para facilitar el trabajo de los citados profesionales, siempre en defecto de cualquier otra solución que convenga o resulte más cómoda para ambos: 1º.- Los escritos serán presentados en el Juzgado por el Procurador, salvo aquellos que se presenten a partir de las 12:00 horas del “día de gracia”, que será el propio Letrado quien se encargue de ello. 2º.- Se aconseja que el Letrado facilite al Procurador las copias del escrito y de los documentos necesarias para el traslado a la parte contraria. 3º.- Las notificaciones podrá realizarlas el Procurador al Letrado director del asunto por el medio que estime conveniente, correo ordinario, fax, correo electrónico pero siempre confirmando que el Letrado las ha recibido, mediante llamada telefónica o acuse de recibo del mail. 4º.- En las causas penales o procedimientos administrativos con traslado de las actuaciones o expedientes, será el Procurador quien se encargue de hacerlos llegar al despacho del Letrado y éste el encargado de devolver la causa al Procurador. 5º.- Con respecto a la problemática cuestión de quién asume el abono de las fotocopias de las actuaciones, el Juzgado tiene obligación, en el momento procesal oportuno, de dar traslado de los Autos, por lo que el Procurador intentará en todo caso obtener fotocopias de los mismos del propio Juzgado para hacérselas llegar al Letrado; sólo en el supuesto en que el Juzgado no permitiera realizar las fotocopias y se tuviera que dar traslado de los originales es el Letrado quien tiene la obligación de instruirse de las actuaciones, debiendo hacer las fotocopias que le interesen a su cargo.
Con independencia de estos criterios que hemos adoptado, existe
un compromiso formal del Ilustre Colegio de Procuradores y del ReICAZ para
llevar a cabo cuantas gestiones sean necesarias con la Dirección
General de Justicia del Gobierno de Aragón a fin de que todas las
fotocopias que se deban realizar de los Autos en los asuntos en que el
cliente tenga reconocido el derecho a justicia gratuita sean con cargo
a los presupuestos del turno de oficio.
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