Página Principal del R.e I.C.A.Z.
 
Circular del T.O. 1/2013 de 14 de junio
  
  
PAGO TERCER TRIMESTRE DE 2012

          Ayer jueves se produjo el ingreso de los fondos correspondientes al tercer trimestre de 2012 y previa tramitación de las órdenes de pago individualizadas, éste se llevará a cabo a partir del lunes 17 mediante transferencia de dicha fecha a la cuenta de cada abogado. Recordamos que los Bancos pueden tardar de 1 a 3 días en hacer efectivo el abono.
 
 

LISTAS DE SUSTITUCIONES DE GUARDIAS EN VERANO

          Se va a proceder a confeccionar la lista de sustituciones de guardias para la segunda quincena de julio y primera y segunda quincena de agosto, por lo que a partir del lunes día 17 de junio y hasta el día 30 del mismo mes se abre el periodo de inscripción para formar parte de la lista de sustituciones durante el periodo mencionado.

          La inscripción podrá hacerse únicamente por correo electrónico, remitiendo la solicitud a turnos@reicaz.es.

          Cada letrado se podrá inscribir independientemente para las tres quincenas, para dos o únicamente para una, no pudiéndose elegir días sueltos.

          Existirán dos listas de sustituciones, una para asistencia al detenido y otra para el turno especial de asistencia a las víctimas de violencia de género.

          Una vez confeccionadas las listas se comunicará a los letrados los días de guardia que les ha correspondido.  Si la guardia asignada no se pudiera realizar por el motivo que fuese, la misma no podrá ser cambiada, deberá comunicarse dicha imposibilidad al departamento del turno de oficio, quien designará nuevo letrado perteneciente a la lista de sustituciones.
 
 

ASISTENCIA A LAS VÍCTIMAS DE VIOLENCIA DE GÉNERO

          La reforma introducida por Real Decreto-Ley 3/2013 (errores), en su artículo 2, reconoce el derecho automático a la asistencia jurídica gratuita y la designación inmediata de abogado de oficio a las víctimas de violencia de género en cualquier proceso de cualquier jurisdicción vinculado, deriven o sean consecuencia de su condición de víctimas.

          Con la finalidad de cumplir con el mandato legal y sobre todo de no perjudicar las medidas de protección civil contenidas en la orden de protección, que tienen una vigencia de 30 días si dentro de dicho plazo no se formula un proceso de familia. Recordamos a los abogados del Servicio la necesidad de entregar en el S.O.J., en el Edificio de los Juzgados, de inmediato, las solicitudes de justicia gratuita que sean precisas según los procesos a interponer, adjuntando la Orden de Protección para el procedimiento penal, a fin de poder llevar a cabo la designación con tiempo suficiente para que no se perjudiquen los derechos de la víctima de violencia de género.

          Un cordial saludo,
   
   
   

Yolanda Mompel Lasheras
Diputada 8ª
Responsable de la Comisión del Turno de Oficio