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Circular del T.O. 3/2017 de 16 de febrero
  
  
CONEXIDAD

          En los últimos meses, son muy habituales las solicitudes realizadas por los integrantes del Turno de Oficio para que se les designe un determinado cliente al que ya atendieron anteriormente. Por lo general, el motivo del compañero que solicita la designación es alegar que la nueva demanda tiene relación con la designación anterior. 

          Al respecto queremos informaros que las solicitudes se estudian individualmente y en función de la valoración que realiza la Comisión se estiman o no. Por ello, es necesario que cuando se realiza una petición de este tipo se especifiquen las circunstancias concretas concurrentes. 

          En líneas generales se mantiene el criterio de que el reparto de asuntos de aquellos ciudadanos que sean beneficiarios del Derecho de Asistencia Jurídica Gratuita, deberán turnarse a los letrados adscritos al Turno de Oficio por riguroso orden de reparto. Mantener una posición diferente supondría beneficiar a unos compañeros frente a otros. En consecuencia, y salvo aquellos supuestos en que expresamente la Ley obliga a que se turnen al mismo letrado asuntos diversos de una persona, el criterio que mantiene la Comisión es valorar, en el caso concreto, si existe una conexión específica, que no se produce por el simple hecho de que exista identidad en el solicitante, sino en función de que los hechos objeto de la nueva solicitud tengan una conexión directa, dependiente y realmente relacionada con la anterior designación. 
  
  

SOLICITUD DE VENIA Y COBRO DE HONORARIOS

          Ante las numerosas consultas realizadas al Departamento del Turno de Oficio os recordamos que la solicitud de venia por parte de un letrado a otro en relación a un asunto de Turno de Oficio, no conlleva de inmediato la posibilidad de cobrar al cliente los honorarios por los servicios prestados hasta el momento de la solicitud de la venia, puesto que si el cliente hubiera solicitado el Beneficio de Justicia Gratuita, habrá que esperar a la resolución definitiva dictada por la DGA, y únicamente se podrán cobrar los correspondientes honorarios en el supuesto de que al solicitante se le hubiera denegado el beneficio de Asistencia Jurídica Gratuita. 
  
  

ASUNTOS CANDENTES QUE AFECTAN AL TURNO DE OFICIO 

          1.- En relación al recurso interpuesto por el Real e Ilustre Colegio de Abogado de Zaragoza, frente al Decreto 16172016, de 8 de noviembre, del Gobierno de Aragón, por el que se aprobó el Reglamente de Asistencia Jurídica Gratuita. 

          Sobre este tema se remitirá una circular detallada, pero ante las noticias de prensa aparecidas estos días y dada la preocupación especifica que causa en nuestro colectivo, señalaremos que el Auto, que nos ha sido notificado con fecha 9 de febrero, hace referencia a las medidas cautelares que se solicitaron, que efectivamente se desestiman, pero dicho Auto no prejuzga el fondo del asunto enjuiciado. 

          2.- Ley Aragonesa de Garantía Jurídica Universal.

          Como sabéis está en marcha una proposición de ley que afecta a tres de los servicios que viene prestando el Colegio desde hace muchos años: SAM, SAOJI y SOP. La Ley Aragonesa de Garantía Jurídica Universal, pretende extender, mediante un sustento legal, las coberturas que el sistema de Justicia Gratuita proporciona, a ciertos colectivos con unas particularidades concretas (mujeres, migrantes y presos) que precisan de una regulación específica en la protección de sus derechos, entre otros el asesoramiento especializado. Desde el Colegio se han presentado diversas alegaciones de cara a mejorar la propuesta inicial, y se están preparando nuevas alegaciones en defensa de los intereses colegiales. 

          3.- IVA y Turno de Oficio. 

          En Circular 5/2017 del pasado día 31 de enero, se informaba ya sobre la Consulta Vinculante de la DGT de fecha 25 de enero de 2017, en virtud de la cual cambiaba el criterio que en relación a la exención del IVA de los servicios prestados por  los abogados y procuradores designados de oficio se había mantenido hasta entonces, a la que nos remitimos en aras de no reiterar su contenido. 

          Ante esta situación, desde el Consejo General de la Abogacía, en colaboración con todos los Colegios de Abogados de España, se ha iniciado un estudio sobre el alcance de esta postura de la DGT y se ha encargado la elaboración de un informe jurídico, con independencia de las gestiones que se están realizando a diversos niveles, de los cuales en cuanto tengamos noticias os iremos informando. 

          Según hemos tenido conocimiento, el Grupo Parlamentario Socialista, ha presentado con fecha 7 de febrero del presente año, una Proposición no de Ley sobre el derecho a la Justicia Gratuita y del Turno de Oficio y en contra del  cambio de criterio de la DGT que declara sujeto al IVA del Turno de Oficio para su debate en la Comisión de Justicia. 

          Estamos pendientes de la evolución tanto de la Proposición no de Ley como de la posible aplicación de la sujeción del IVA del Turno de oficio, informándoos de cualquier actuación que vaya teniendo lugar al respecto. 

          Un cordial y afectuoso saludo. 
 
 
 

DIPUTADA 4ª
Presidenta de la Comisión del Turno de Oficio