ACTUACIONES EN DEFENSA Y REPRESENTACIÓN DE MENORES
Modificación
en relación a la Circular T.O. 4/2017, de 17 de marzo
Tras
conversaciones mantenidas
con la Dirección General de Justicia, en las que estaba presente el
Fiscal jefe
de la Audiencia Provincial y un representante de los Servicios Jurídicos
de la
DGA, se ha procedido a acordar en relación con las actuaciones en
defensa y
representación de los menores tutelados por la Administración de la
Comunidad
Autónoma de Aragón, que se realizarán todas por los letrados designados
por el Colegio de Abogados, salvo en aquellos casos
en los que el letrado de la D.G.A. solicite la venia para asumir su
defensa. En
este supuesto, el Abogado
que hubiera intervenido devengará el importe del baremo correspondiente
a la
parte del procedimiento que haya realizado.
En consecuencia, no se procede a
hacer distinción entre menores tutelados por la Administración de la Comunidad
Autónoma de Aragón y los no tutelados, modificándose por ello, la redacción del
módulo 4.6 del Catálogo de referencia y bases de compensación en los términos
arriba expuestos, así como a la consiguiente publicación en el B.O.A. de dicha
modificación. Un cordial y afectuoso saludo.
DIPUTADA 4ª
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