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Circular 73/2020, de 23 de octubre
 
 
POSITIVO POR COVID-19 EN EL JUZGADO DE INSTRUCCIÓN
NÚMERO OCHO DE ZARAGOZA

          El pasado martes por la tarde, tuvimos conocimiento, mediante comunicación de la Dirección General de Justicia, de un positivo por COVID-19 en el Juzgado de Instrucción número OCHO de Zaragoza, circunstancia que os comunicamos mediante el envío de un correo electrónico.

          Se solicitó información al Juzgado Decano quien nos manifestó que, en un primer momento, el Servicio de Prevención de Riesgos Laborales ordenó el confinamiento de todo el personal. Posteriormente, el Departamento de Sanidad estimó que dicha medida había sido desproporcionada, levantándose la misma respecto a la Magistrada de dicho Juzgado y varios funcionarios.

          Hoy mismo se ha tenido conocimiento del desconfinamiento, casi al completo, del personal adscrito a dicho Juzgado que ya está plenamente operativo.

          En todo caso, desde el Colegio se continúan realizando las gestiones precisas para tener plena constancia respecto a si se debe adoptar alguna medida o precaución adicional por parte de los letrados que pudieran haber tenido contacto con dicho Juzgado, de lo que, en su caso, se informará personalmente a cada uno de ellos.


AYUDAS ASISTENCIALES POR COVID-19

          En la Circular 66/2020, se informó de la convocatoria de un segundo plazo de solicitud de ayudas por la incidencia que en nuestros despachos había supuesto el virus COVID-19.

          Pues bien, en sesión de 21 de octubre de 2020, la Junta de Gobierno acordó conceder doce ayudas, que se corresponden con otras tantas peticiones, al entender que todos los solicitantes cumplían los requisitos para acceder a las mismas.

          Ello ha sido posible al existir la correspondiente partida presupuestaria ya que, como se informó en Circular 17/2020, la Junta de Gobierno había incrementado la partida B404 del Presupuesto para 2020, de los 15.000 euros inicialmente previstos, hasta 45.000 euros en total.

          La situación actual hace prever que, antes de finalizar el año, se efectúe una tercera convocatoria de estas ayudas, de lo que se informará oportunamente.


ACTIVIDAD PROFESIONAL ANTE LA SITUACIÓN ACTUAL
GENERADA POR LAS MEDIDAS ADOPTADAS POR EL GOBIERNO DE ARAGÓN

          Ante algunas consultas surgidas y para información general, los letrados que deban desplazarse fuera de su localidad para realizar cualquier actividad profesional, están amparados por la normativa al considerarse que son desplazamientos debidamente justificados en cumplimiento de obligaciones laborales, profesionales o empresariales, tal y como se informó en Circular número 71/2020.

          En el caso de que el desplazamiento esté motivado por el señalamiento en cualquier procedimiento judicial, debería bastar con la justificación de la existencia de dicho señalamiento junto con la acreditación de su condición de letrado. Para otros supuestos, como reuniones con clientes, Juntas de sociedades o actividades similares, además de dicha acreditación de la condición de letrado, se recomienda contar con cualquier documentación que pueda acreditar dicha actividad, como un correo o comunicación del cliente o, incluso, una declaración responsable del propio letrado justificando el desplazamiento.

         
Un cordial y afectuoso saludo.

 
 

EL DECANO e.f.
Alfredo Sánchez-Rubio Triviño


Joaquín Moné Foz, Correduría de Seguros

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