Circular
del T.O. 4/2013 de 22 de octubre
PAGO CUARTO TRIMESTRE
DE 2012
= TURNO DE OFICIO
=
Hoy hemos dado orden al Banco de que proceda al pago de las actuaciones
de turno de oficio correspondientes al 4º Trimestre de 2012. La DGA
todavía no nos ha ingresado el importe, pero, hecha y presentada
la facturación tras las negociaciones habidas, se ha decidido adelantar
el pago con cargo a los fondos generales de infraestructura del Turno.
Tal como adelantamos en la circular
25/2013, de 11 de julio, no se han incluido en la facturación
varios conceptos y, por consiguiente, no están incluidos en el pago.
Recibiréis un correo electrónico con un PDF donde se incluye
el recibo y la relación de los asuntos incluidos en el pago. La
comparación entre dicha relación y la justificación
presentada en su día os permitirá saber los asuntos concretos
no incluidos en el pago
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No se han
incluido aquellos asuntos en los que no constaba la solicitud (papel amarillo).
Los afectados deberán aportar la citada solicitud (papel amarillo)
debidamente cumplimentada y volver a incluir la actuación en la
justificación del trimestre en que lo hagan.
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Tampoco se
han incluido los asuntos en los que la justicia gratuita fue denegada por
contar el solicitante con ingresos superiores al máximo establecido
para obtener el derecho al beneficio de asistencia jurídica gratuita.
Los afectados deberán pasar minuta a sus clientes, si no lo han
hecho ya, e informar al Colegio si se ha producido el cobro o no. En cuanto
a la Resolución de la Comisión, el Colegio las recibe sin
indicación del Letrado, por lo que es un problema identificarlas
una a una dado su volumen. Por eso agradeceremos vuestra colaboración
obteniéndola en el Juzgado, pues consta en los autos, o de vuestro
cliente, dado que a él si que le ha sido notificada directamente
por la Comisión.
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Tampoco se
han incluido, por último, los asuntos que están pendientes
de resolución por la Comisión. En este caso los afectados
no han de hacer nada, pues el propio Departamento del Turno incluirá
de oficio el asunto en la facturación del trimestre que corresponda
cuando se reciba la resolución en el Colegio.
Por contra, sí que se han incluido en el pago todos aquellos
asuntos en los que la justicia gratuita fue denegada por falta de documentación,
por los motivos ya expuestos en la citada circular
25/2013, a cuyo contenido nos remitimos.
Un cordial saludo,
Yolanda Mompel Lasheras
Diputada 8ª
Responsable de la
Comisión del Turno de Oficio
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